martes, 24 de noviembre de 2009

Video del Seminario Académico y de Extensión. Facultad de Derecho. UBA

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2 comentarios:

Guillermo Andreau dijo...

RAUL GIRBAU, economista, dice:
"La densidad poblacional citada por el profesor Sandler en las villas miseria sitas en la ciudad de Buenos Aires causa horror. Al menos a aquellos que estamos informados por las experiencias realizadas por el ecólogo investigador John B. Calhoun, fallecido en 1995. Edmund Ramsdem en su artículo El animal urbano: densidad de población y patología social en roedores y en el ser humano escribio sobre este tema lo siguiente: "En un número de Scientific American de 1962, el ecólogo John B. Calhoun presentó los resultados de una macabra serie de experimentos llevados a cabo en el Instituto Nacional de Salud Mental (NIMH) de los Estados Unidos de América.Colocó a varias ratas de laboratorio en un entorno en el que, protegidas de enfermedades y predadores, y provistas de agua, comida y cobijo, se reprodujeron rápidamente. Lo único que les faltaba era espacio, problema que se fue agudizando a medida que lo que a él le gustaba llamar su "ciudad de ratas" o "utopía de roedores" se fue superpoblando. La frecuencia de los contactos sociales no deseados aumentó, produciendo un incremento del estrés y las agresiones. Según los trabajos del fisiólogo Hans Selye, el sistema adrenal ofrecía la solución dicotómica tradicional: luchar o huir.Pero en ese entorno cerrado la huída era imposible. La violencia aumentó rápidamente hasta quedar fuera de control. Le siguieron el canibalismo y el infanticidio. Los machos se volvieron hipersexuales, pansexuales y, con frecuencia creciente, homosexuales. Calhoun llamó a esta vorágine “hundimiento conductual”. La población se redujo, acercándose a la extinción. Al final de los experimentos, los pocos animales que quedaban habían sobrevivido con un costo psicológico inmenso: sin actividad sexual y totalmente retraídos se apiñaban en una masa sin ocupación. Incluso después de reintroducirlos en comunidades normales de roedores, estos animales “socialmente autistas” permanecían aislados hasta la muerte. En palabras de uno de los colaboradores de Calhoun, la “utopia” había bajado a los “infiernos”.
Es indispensable que los ciudadanos argentinos, los dirigentes sociales , los politicos y el gobierno se hagan cargo de la atroz patologia social que se genera el hacinamiento. Fruto de un derecho mal hecho. Esta en boca de todos el tema de la "inseguridad", pero en cabeza de muy pocos, si de algunos, la raíz principal que la causa. Lo escandaloso es que esto ocurre en un pais practicamente vacio.

Guillermo Andreau dijo...

Pregunta de un alumno que asistio al seminario: Hay unas preguntas que me gustaria realizar, las mismas tienen que ver principalmente con considerar como un retroceso o un remiendo al art. 14 bis. entiendo que el mismo tiene un tinte que inconstitucionalidad por la forma en que se llevo a cabo el dictado de la ley necesidad de la reforma constitucional y la conformacion de la asamblea constituyente. a pesar de este suceso, aberrante por cierto, no se han producido cuestionamientos a su vigencia, asi como no se han producido intentos de reivindicar la Constitucion Nacional de 1949. sepa disculpar si incurro en algun error, pero, tenia formada la opinion de que el art. 14 bis fue la forma, una vez derogada la Constitucion de 1949, de otorgar jerarquia constitucional a los derechos sociales que hasta ese momento no se encontraban incorporados a la Constitucion Nacional, en beneficio de los sectores en condiciones de proteccion desigual debido a la ponderacion de la libertad en el texto de 1853-60. es obvio que durante el curso esta postura ha encontrado cuestionamientos que todavia no termino de analizar pero que tienen la mayor relevancia.

algo similar ocurre con lo dicho respecto de la reforma de 1994, tambien en cierta forma cuestionada por la forma de votacion, el nucleo de coincidencias basicas, y la inclusion de un nuevo capitulo a la parte dogmatica de la misma, los tratados internacionales. cierto es que mucho de lo dicho en estos articulos y la forma en la son llevados a la practica estos derechos suguieren que son interpretados como disposiones de buena voluntad, y su grado de cumplimiento, asi como la efectividad en su funcionamiento es, en algunos casos, cuestionable (Consejo de la Magistratura; PIDESC; Decretos de Necesidad y Urgencia). luego de este pequeño desarrollo,
mi preguntas,
¿es posible pensar que su inexistencia sea mejor que su inclusion?
¿no tiene su inclusion el ideal de avanzar hacia uan sociedad mejor de la que teniamos sin ella?
¿podria su inclusion tener relacion con la sociedad global, y las diversas tipologias presentes en la realidad?