domingo, 18 de abril de 2010

TERCIANDO EN EL DEBATE SOBRE INFLACIÓN


Hector Raul Sandler, profesor consulto, Derecho UBA

“Es mejor que el aprender mucho,
el aprender cosas buenas”
José Hernández, Martín Fierro

He seguido con vivo interés el debate propuesto sobre "lo que se ve y lo que no se ve" de la inflación. Observo que quizá por el ardor con que se lo sostiene, la cuestión principal planteada dejó de ser tratada y, para peor, el debate parece más una contienda que un sereno análisis de la realidad. No es una novedad que así ocurra cuando se trata el asunto del destino de la renta de la tierra. Lo lamentable es que con el destino de ella se juega el “destino” de nuestro país. Con el único propósito de transformar la disputa en aclaraciones reflexivas, he escrito a vuela pluma las líneas que siguen. Recurro a una frase usada con frecuencia por Rudolf Steiner al comienzo de sus conferencias: “No pretendo que piensen como yo lo hago; solo aspiro en que piensen sobre que les digo”

1. Los economistas clásicos, para dar cuenta de los factores intervinientes en la PRODUCCION de cosas materiales demandadas por los hombres, sostuvieron algo que surge de la observación desprejuiciada de la realidad. Lo que cada uno puede observar por su cuenta, sin ser “especialista”.

2. Las “cosas” necesarias las producen los hombres aplicando cooperativamente sus sendas “energías” (físico/animica/espiritual) – en una actividad denominada TRABAJO. Esta energía es aplicada a la naturaleza (a la que los Clásicos denominaron TIERRA). Algebraicamente el concepto se puede escribir asi: P = Tb + N (Quien no esté de acuerdo con esta descripción carga con el deber de mostrar alguna “cosa material” , aunque sea una sola, que NO SEA “tierra elaborada por el trabajo).

3. Esto también lo hacen los animales para satisfacer sus necesidades. Pero la condición psico/espiritual del hombre introduce una radical variación en el proceso humano de producción de cosas para satisfacer sus necesidades. Los hombres, son capaces de NO CONSUMIR TODO LO QUE PRODUCEN y con el fin de potenciar su capacidad de producción generan un FACTOR DE PRODUCCION desconocido en el mundo animal. Parte de la producción es dedicada a aumentar la capacidad productiva del Trabajo. Los Clásicos lo llamaron CAPITAL. Tras este reconocimiento, la formula algebraica que describe la producción es asi: P = Tb + Capital + N.

4. Los economistas Clásicos distinguieron entre “cosas producidas” de muchas otras que obran en la vida social y la economía humana. A las cosas producidas las denominaron “Valores de Producción”.

5. No se produce de balde o por hobby, sino para satisfacer necesidades. En particular y en primer término - para hacer sustentable al orden social – hay que asegurar las necesidades de quienes concurrieron a la producción de cosas. Ergo el profundo SENTIDO DE LA PRODUCCION es DISTRIBUIR lo producido. (Desde luego, dada su condición psico/espiritual, los hombres asignan también parte de lo producido a quienes por su juventud, senectud u otro impedimento razonable no producen; pero este es otro tema).

6. La “división material de lo producido” y, tras esa distribución, el “intercambio directo de cosas producidas” es torpe y engorroso. Por ello los hombres, gracias también a su condición psico/espiritual, inventaron otro formidable INSTRUMENTO para facilitar ambas actividades El DINERO. Esto es, EL DERECHO A ADQUIRIR PARTE DE LO PRODUCIDO. A este derecho (que no es una “cosa” sino un concepto) lo SIGNIFICARON con las más variadas cosas materiales: conchillas, metales, papel impreso, instrumentos de crédito y hoy, incluso, mediante “bits” electrónicos. Así crearon “significantes de valor”. Estos objetos no importan por lo que materialmente son sino porque SIGNIFICAN un derecho a adquirir (Hay una radical e insalvable diferencia entre el apetitoso emparedado detrás de la vidriera y el billete de $10 que tengo en mi cartera. Lo descubro cuando teniendo hambre, en lugar de saciarla comiéndome el billete de $ 10, lo entrego “a cambio” del emparedado. Este derecho para adquirir se consigna en TITULOS.

7. El mundo de las RELACIONES JURIDICAS PERSONALES exige la bipolaridad “crédito/deuda”. Por ello los títulos de crédito son a la vez instrumentos de pago. El efecto derivado es que los títulos operan también como INSTRUMENTOS DE AHORRO. Se ahorran derechos para adquirir y pagar.

8. Estos conceptos hay que tenerlos claramente delineados en mente para distinguir en el complejo mundo de la sociedad humana DOS SISTEMAS correlativos. En los órdenes económicos de mercado son simultáneos y para su salud han de funcionar de manera pareja y equivalente. Uno es el SISTEMA DE COSAS REALES integrado por los definidos factores de producción (trabajo, capital y tierra) junto con las cosas producidas (Producción). El otro es el SISTEMA DE TITULOS REPRESENTATIVOS PARA ADQUIRIR. A la cabeza, pero no el único, el titulo llamado dinero o moneda. Esos dos sistemas son paralelos, pero circulan en direcciones contrarias: A entrega la cosa a B y recibe de éste el Titulo T ; y viceversa.

9. Si se acepta esta descripción sencilla pero realista, la actitud científica no consiste en enredar el planteo para responder con lo que ya por anticipado se tenía en la cabeza. La actitud científica y sincera es formularse esta pregunta: ¿Puede el TITULO DE PROPIEDAD SOBRE LA TIERRA servir, a semejanza de todo título, como instrumento de ahorro y de pago?

10. La respuesta primera ha de ser esta: “Depende del sistema jurídico”. Será afirmativa si el SISTEMA LEGAL permite que el creciente valor de la tierra quede en provecho del propietario del “inmueble por su naturaleza” ( el definido por el art. 2313 y 2314 de nuestro Código Civil). En tal sistema legal, como detentador del Titulo de propiedad sobre la tierra, el propietario tiene un “valioso titulo de crédito” contra todo aquel que quiera acceder al uso de su predio. Y todo aquel que quiera usarla es un DEUDOR NATO de los propietarios particulares que gozan de ese derecho a la renta de la tierra.

11. Será negativa si el Sistema Legal contiene normas que sin perjuicio aceptar y garantizar el DERECHO DE PROPIEDAD PRIVADA SOBRE PARCELAS DE TIERRA, distingue y separa el DERECHO A USAR LA TIERRA del DERECHO A GOZAR DE LA RENTA DE LA TIERRA.

12. La diferencia entre el sistema legal propugnado por la Revolución de Mayo y el actualmente vigente (conjunción del Código Civil y el actual Sistema de Impuestos al trabajo, el comercio, la producción y el consumo), consiste precisamente en que el actual hace del título de propiedad un TITULO DE CREDITO a favor del propietario y en contra de todo aquel que quiera usar de la tierra (rural y urbana).

13. El sistema legal establecido en Mayo (muy rudimentario) propugnaba otro destino para la renta del suelo y con ello un moderno orden social. Postulaba hacer de la renta de la tierra la base del TESORO PARA AFRONTAR EL GASTO PÚBLICO. De ello se esperaban dos convenientes resultados: 1) Librar a los hombres libres de una sociedad moderna de los antiguos impuestos que entorpecen la economía y menoscaban la dignidad del hombre y b) Asegurar el fácil acceso a la tierra por parte de “todos los hombres del mundo” deseosos de vivir y trabajar en nuestro amplio país.


Abril 18, 2010

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