lunes, 8 de noviembre de 2010

INFLACION LEGISLATIVA Y MONETARIA


UNA LLAMADA DE ATENCION AL PODER LEGISLATIVO
Héctor R. Sandler, profesor Consulto, Derecho, UBA.

Transcribo a continuación la información basada en un estudio hecho en el ámbito de la Universidad Católica Argentina y publicado en la Nación (Economía y Negocios, noviembre 8, 2010).
Es apenas una noticia puntual. Pero importa mucho. No solo por el refrán “para muestra basta un botón”, sino porque para el hombre que se resuelva a pensar por si mismo, el informe es la puerta de entrada para muchas reflexiones sobre los actuales problemas de nuestro orden social. En forma breve expongo a continuación los principales.
EL INFORME DE LA UCA
“De cada 100 viviendas ubicadas en villas o asentamientos precarios de los grandes centros urbanos del país, 73 no tienen gas natural, 28 no acceden al agua corriente de red, 75 carecen de conexión a la red cloacal y 66 están en calles sin pavimentar. Además, en 25 de cada 100, sus habitantes viven hacinados, es decir, con tres o más personas por habitación”
“La precaria calidad de vida en esos lugares – agrega - no impidió que en los últimos años las familias que allí habitan fueran las más afectadas por la suba del costo de los alquileres: mientras que el valor promedio de los contratos se elevó un 62%, el acceso al uso de una casa en una villa urbana se encareció entre 2007 y 2009 mucho más: un 97,4 por ciento.
“En cuanto a los costos de alquiler, los datos muestran que el costo promedio mensual de ocupar una vivienda en una villa pasó de $ 191 a $ 378 entre los años mencionados, lo que representa un alza del 97,4 por ciento. En las zonas con trazado urbano donde habitan familias de clase baja, el precio subió de $ 395 a $ 705 (un 78,5%), y en los barrios de clase media la suba fue del 51,5 por ciento. Así, el efecto inflacionario duplicó su incidencia en las familias con más carencias.
LA REALIDAD MÁS IGNORADA
La cuestión de la inflación monetaria se vuelve a manifestar en la hoja de ruta de la economía argentina. Habría alcanzado ya en 2010 el alarmante nivel del 25% anual. Ese porcentaje lo calculan las consultoras y lo sufre la gente. A la luz de nuestra historia contemporánea este porcentaje no es un “accidente” en el camino, sino tiene los rasgos de un “proceso” crónico en nuestro orden social. Su efecto, la pérdida del poder adquisitivo del peso, no es algo desconocido para los argentinos.
¿Pero cuál es el “motor” primero de la inflación?
Para encaminarse correctamente hay que comparar la inflación calculada por los economistas con el precio de la tierra en las “villas y asentamientos”. Se trata de hacinamientos carentes de agua, luz y gas y de toda “mejora” propia del rango de civilización actual. Los índices de los precios de la tierra duplican cuando no triplican al de la inflación general.
Con el dominio de elementales principios de la ciencia económica (“Mejor que saber mucho/es saber cosas buenas”) uno puede asir el hilo de Ariadna y comprender no solo la principal causa de la inflación argentina sino de la miseria que asuela a millones de familias y del persistente retroceso que padece el país en el concierto de naciones.
COMPARANDO EL ALZA DE LOS PRECIOS
Mientras los expertos calculan el promedio de aumento general de precios para el 2009 en alrededor del 25%, el “valor de la tierra” en lugares tan inhóspitos como los citados en el informe transcripto más arriba, su precio - para acceder a ella - oscila por arriba del 100%.
No tenemos cifras de los “lugares más elegantes” porque a los economistas argentinos parece no interesarles el rol del valor de la tierra en la constitución del orden económico; ni el destino de la renta del suelo; ni la relevancia que tiene el régimen impositivo en ese efecto; ni los procesos reales y monetarios que en ese perverso orden se dan. Ignorancia inconcebible, pero real. Ignorancia que explica la poca fortuna de la “ciencia económica al uso” en la tarea de salir de la postración en la que nos hallamos y el fracaso en que han rematado todos los “planes” y “modelos”. En todos se han ignorado dos cosas: el problema de la renta del suelo y un régimen de impuestos contrario a la actividad económica.

En el 2003 la deuda pública – en términos de exigencia material – fue voluntariamente reducida en casi su totalidad. Pero, no ha transcurrido todavía una década y una nueva deuda vuelve a repetirse en monto semejante, a la vez que se presentan todos los síntomas de un nuevo ataque inflacionario. Estos hechos denuncian que padecemos un “mal crónico”, sistémico, que puede ser detectado, por el hombre avisado, con la simple información transcripta al comienzo. Clara evidencia que una falla de naturaleza económico/legal afecta las raíces nuestro orden social y fuente de nuestras crisis política y cultural.
EL DERECHO POSITIVO PESA Y MUY FUERTE
Nos guste o no el derecho positivo, el legislado, es el principal ordenador de las instituciones sociales. Principalmente las de contenido económico. Por ello frente a este nuevo brote inflacionario, vista la noticia con que iniciamos este comentario, hay que formularse esta pregunta: ¿Nuestra crónica tendencia a la inflación monetaria y la correlativa miseria no tendrá origen en ciertas y precisas estructuras legales constitutivas reales del orden económico positivo?
En el mundo contemporáneo el “orden económico” tiene la mayor parte de sus raíces en el campo del derecho positivo. Es el derecho con vigencia efectiva, el que se ubica por debajo de las normas de la Constitución pero por sobre las conductas de la realidad cotidiana.
Este derecho positivo tiene origen en el Congreso y posee más fuerza que la Constitución misma para “constituir” la economía real. Contra él nada pueden hacer los habitantes, ni los jueces. La Corte Suprema, bajo el peso de decenas de miles de casos, carece de toda fuerza para mover un milímetro el horrible sistema que se ha instalado. Son el Ejecutivo con sus iniciativas y el Legislativo con su discusión y debate, las fuentes de ese derecho. Para bien o para mal de la sociedad.

INFLACION LEGISLATIVA e INFLACION MONETARIA
Con periodicidad decenal nuestro orden económico entra en crisis y por eso es sometido a tratamientos por la fuerza política del Estado. Con ese fin se produce derecho positivo. ¿Pero cuales son los límites de esa producción? ¿Qué daño nos causa la inflación legislativa?
No es casual que a la inflación monetaria la ha acompañado una “inflación legislativa”. Entre 1862 y 1943, 82 años de progreso económico, se dictaron 262 leyes ordenadoras de la economía (desde los Códigos de fondo a resoluciones administrativas). Desde 1943 al 2000 (años de persistente decadencia económica) la cantidad de leyes dictadas para mitigar los males económicos” han sobrepasado la cifra de ¡10.000¡

Con esta inflación legislativa ha trastornado el concepto de derecho y alejado a la Argentina de los propósitos cifrados en la Constitución Nacional originaria. En 1994, mediante la reforma, se ha alargado el periodo de sesiones ordinarias. Bajo la estrafalaria idea que cuanto más activa sea la maquina legislativa, mejor será el orden social. Juzgue el lector comparando los dos periodos antes descritos.

LAS VIGAS MAESTRAS DE LA RUINA ARGENTINA
Se tiene la idea de que nada escapa al ojo del legislador. Pero no es así. El ojo del legislador argentino – por formación cultural - padece de un “punto negro”: no alcanza a ver lo que más importa que vea. Por esta ceguera, tras el fin de lograr un supuesto mejor bienestar, los más diversos segmentos legales que afectan a la economía han sido modificados una y otra vez. La inflación legislativa lo prueba.
¿Pero ven los legisladores las cuestiones esenciales para que perdure la democracia, exista la república y reine la concordia social? No a tenor de sus propuestas. Esta ceguera hace que perdure una conjunción de leyes causantes de la derrota argentina.

Son leyes que en recíproca conjunción provocan no solo nuestra crónica inflación monetaria sino las crecientes discordia y miseria social. Se trata de dos regimenes legales: uno propio del derecho privado y otro del derecho público.
Forman el primero las leyes que establecen el régimen de acceso al suelo por parte de los habitantes con posibilidad de apropiarse sus ocupantes de la renta de la tierra (Así desde el Código Civil de 1869 ).

Pertenecen al segundo grupo las leyes e instituciones que integran el vigente régimen de impuestos. Fue creado a partir de la “provisoria” ley de impuesto a los réditos (dictada solo por tres años) en 1932. Ha sido la cepa de todos los impuestos vigentes. Los mismos que han destruido los cimientos sociales de la Constitución argentina de 1853/60.
Este régimen ha borrado la república y eliminado el federalismo. Castiga a la producción, al consumo, al trabajo y a la inversión. Convierte a los ciudadanos en súbditos del poder de turno y fomenta al clientelismo, caducando con él la base social de una democracia de hombres libres.

Los legisladores deben sustituir esta gravísima legislación por otra concordante con la Constitución. Noticias como las que dieron comienzo a este escrito se multiplicarán. Sin la debida atención permitirán que nuestra patria pase aún por más graves situaciones.
Noviembre 8 del 2010

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