martes, 30 de mayo de 2017

CONSTITUCIÓN Y ECONOMÍA: Régimen de Impuestos destructivo de nuestra patria y por completo contrario a la Constitución Nacional.

PARA PENSAR
ANTE EL ACTUAL ESTADO DE LA REALIDAD Y LA OPINIÓN PÚBLICA
Hector R. Sandler, profesor Consulto, Derecho, UBA


La Nación de abril 1/2017, dedica una de sus editoriales al tema “Trampas para la evasión fiscal”. La casi totalidad de lo comentarios de los lectores (¡mas de 1500!) fueron favorables a ese editorial . Esto pone a la vista el más grave problema que afrontamos como sociedad: ignorar a las leyes positivas como causa de nuestra decadencia. Paso a trascribir el editorial para luego expresar mi opinión sobre la ideología dominante que revela.

I) Editorial de La Nación : “Trampas para la evasión fiscal”
“La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha instrumentado un buen número de medidas y firmado con organismos locales e internacionales compromisos de colaboración e intercambio de información para profundizar las acciones de lucha contra la evasión y formalizar la economía, algo imprescindible para bajar la presión tributaria y brindar mejores servicios al contribuyente. (Cursivas mías)
Si bien deben reconocerse los esfuerzos que la AFIP desarrolla en ese sentido, no es menos cierto que aún persisten resquicios que posibilitan una permanente y nada despreciable evasión impositiva que atenta contra aquellos fines.
Entre las modalidades que contribuyen a la evasión puede mencionarse, en primer lugar, la venta ilegal, cuyo exponente más visible lo constituyen las ferias comúnmente denominadas "saladitas". En el país hay más de 500, repartidas en diferentes ciudades y localidades. En este negocio, sin duda "floreciente", casi nadie paga impuestos, ni cargas sociales, ni alquileres, y la mayoría de la mercadería proviene de talleres ilegales con trabajadores esclavizados o del contrabando, por lo que la diferencia de precios con lo que se puede adquirir en un comercio legal es imposible de comparar en favor de los productos "truchos".
Otra modalidad sólo atribuible a la "viveza criolla" se aplica de manera generalizada en no pocos restaurantes sin distinción de categorías, al igual que en comercios que hacen entrega (delivery) de comidas.
Nos estamos refiriendo al mecanismo utilizado en esos establecimientos a la hora de cobrar a sus clientes, que les posibilitaría percibir el importe de la
factura sin tener que rendir cuentas a las autoridades fiscales. Ello es así en los casos en que el cliente abona en dinero efectivo. La modalidad consiste en emitir un "ticket" con la leyenda impresa "comprobante no válido como factura" u otro cuyo texto que indica "no tiene valor fiscal".Son pocas las personas que reparan en ese detalle y exigen la emisión de la factura o comprobante definitivo, con la debida intervención de la AFIP. Al final de la jornada, el monto de lo no declarado al fisco podría representar un valor significativo que, sumado a los importes de otros establecimientos con idénticos procederes, configuraría una evasión impositiva de dimensiones considerables.
La evasión fiscal supone la conducta más reprobable por la desigualdad y falta de solidaridad que conlleva y por las negativas consecuencias que tiene para la sociedad, pues es la principal causa de la merma de los ingresos públicos. Supone además un elemento de distorsión de la actividad económica, al introducir un factor de competencia desleal respecto de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones.
Es de esperar que las autoridades fiscales arbitren las medidas necesarias para ir desmantelando las llamadas "saladitas" o cualquier otra modalidad de venta ilegal, al igual que aquellas que impidan o limiten la emisión de los mencionados comprobantes "provisorios" que constituyen un vehículo para evadir impuestos. Cabe desear también que la ciudadanía adquiera el hábito de exigir los comprobantes válidos correspondientes, de manera que la carga impositiva sea soportada por igual entre todos.”


II) MIS COMENTARIOS

1. Antes de considerar ilícita a la “evasión impositiva” convendría echar un vistazo a la “legitimidad” de nuestro actual sistema de impuestos. Está formado por la friolera de 94 “impuestos” . Todos toman , con distintas excusas y denominaciones, como hecho imponible al trabajo a secas, a las ganancias obtenidas por el trabajo, a las obtenida por la inversión de los ahorros (capital) y , para remache y de modo principal, al gasto para el consumo. En pocas palabras nuestro sistema impuestos se basa en estos principios: “Trabaja y serás castigado; invierte tus ahorros para producir y serás penado; consume y serás reprimido”. Y a este disparate legal se lo llama “sistema de recursos” para el gasto público.
2. Este régimen es destructivo de nuestra patria y por completo contrario a la Constitución Nacional. Es la negación de nuestra Revolución fundadora, la Revolución de Mayo, la que en 1826 expresara su ideario social y económico con la Ley de Enfiteusis. Esta ley, verdadera revolución en el mundo de la época, disponía que el gasto público fuera sostenido por la recaudación de la “renta de la tierra”. O sea por un impuesto al valor de mercado de cada lote de tierra.
3. Este principio fue receptado por la Constitución de 1853/60 y la actual, pues en ambas subsiste el original Preámbulo y su Primera parte. Los fundamentos de esta Constitución para nuestro orden social (en especial para el orden económico) fueron dados por Esteban Echeverría y especialmente explicitados sostenidos por J. B. Alberdi. Se recomienda leer sus advertencias premonitorias escritas en 1854 en su libro Sistema Economico y Rentistico para la Confederación Argentina. Ambos próceres sostuvieron que el gasto publico debía ser sostenido un gravamen razonable sobre el “capital social” (el término es nuestro) manifiesto en el precio de mercado de la tierra libre de mejoras. Es decir, no se trata de cobrar un “impuesto”, sino de recaudar el interés anual del valor generado por la gente (la sociedad) sobre el suelo por la pública demanda de tierra.
4. Con ese fin en la Organización nacional fueron creadas dos oficinas públicas. Por un lado, las direcciones de Catastro para medir y hacer público el valor de la tierra. A la par otra destinada a cobrar la renta del suelo calculada sobre aquel valor. Por eso lejos de llamarse “Dirección de impuestos”, se la denominó “Dirección de Rentas”. Fue creada para recaudar la “renta” como fruto civil de la sociedad . Este valor se mide en dinero y se manifiesta en el “precio de mercado” de lotes de tierra. Este precio es un “capital”. Pero no individual sino “Capital social” pues es producido por la demanda de la sociedad por los predios.
5. Este “capital social” es el fondo público por excelencia. El propietario del lote es solo su tenedor precario. El dueño es reconocido como propietario unico y exclusivo del predio para que lo explote según su leal saber y entender. Pero contraparrtida de ese derecho sobre la tierra fisica tiene la obligación de pagar anualmente a la sociedad ( titular del territorio) , la renta del “capital social” que crece sobre su terreno. Ésta renta fue llamada desde los fisiocratas y todo buen economista, “renta del suelo”.
6. En línea política con Mayo y del recto sentido de nuestra Constitución fueron brillantes los proyectos del presidente Roque Saénz Peña. Si la Carta magna “invita a todos los hombres del mundo a poblar nuestro territorio” (Preámbulo) y a todos los que trabajan les reconoce la exclusiva propiedad del fruto de su trabajo (Declaración de Principios), para poner orden en el país ( convulso por no haberse respetado cabalmente esos principios) , el presidente Roque Saenz Peña envío al Congreso dos proyectos de ley, conformando la base legal para una democracia basada en la igualdad de acceso a la tierra. Para lo político proyectó el voto universal, secreto y obligatorio, sustento de la democracia politica. Para lo económico envió el proyecto sustento de la democracia económica: recursos para el Estado formados con la renta dela tierra. Este proyecto de ley mandaba cobrar a los propietarios en tierra un tanto por ciento del “mayor valor anual del suelo” o sea los intereses del “capital social” sobre emergente en cada lote de tierra.
El primer proyecto fue aprobado. El segundo, cajoneado. Aprovechando su muerte el proyecto económico mandando a cobrar “la renta de la tierra” fue archivado. Del primero todos hablan; del segundo todos callan; por interés o ignorancia.
7. Al ignorar esta historia se ignora la causa originaria de nuestra ruina social agravada por el actual régimen de impuestos.
Dos fallas legislativas se cometieron contra el principio de orden económico de la Constitución fundadora. En 1870 , al dictarse el Codigo Civil se adopto el sistema romano de propiedad sobre la tierra (nota Art. 2503 CC) y se ocultó el antecedente de la Ley de Enfiteusis de 1826. Esta fue la primera falla. La segunda, mucho mas grave porque puso cerrojo a la prosperidad argentina, fue la Ley de Impuesto a los Reditos dictada en 1932.
8. El golpe de Estado del 4 de junio de 1943 en vez de remediar estos males opto por ignorarlos. En su lugar dispuso reemplazar nuestro orden económico constitucional por otro contrario a la Constitución. Esa dictadura militar en año y medio dicto mas de 130.000 decretos “estatizando a la economía”.
9. El gobierno electo en 1946 se declaró directo sucesor de aquella dictadura del 4 de Junio. En términos simbólicos, por caso ejemplar, intentó sustituir el tradicional desfile militar del 9 de Julio por otro a realizar el 4 de Junio: aniversario del golpe de estado. Dentro de la misma linea uso el 9 de Julio para declarar en la histórica casa de Tucuman una especie de “segunda independencia”: la económica. Medida consecuente con la decisión política de lograr la “autarquia económica” mediante la “planificación central de la economía publica y social”.
10. En aquel trienio se cambió el tipo de orden económico mandado a establecer por la Constitución Argentina. De una economía guiando a los particulares por mercados en libre concurrencia se pasó con el dictado de cientos de miles se decretos leyes, a su tipo opuesto: un sistema sometido a la dirección nacional/estatal de la economía pública y social. La economía argentina paso a ser centralmente planificada. El Primer Plan Quinquenal (1946/51) es la menor de las pruebas sobre este gigantesco abandono de nuestro originario orden económico constitucional.
11. El orden económico establecido en los 1943 es actual. Pese a diversas manifestaciones y actitudes en contra de aquel cambio de orden económico y no pocas transformaciones ocurridas y crisis padecidas, el dirigido por el Estado es el tipo de orden económico vigente en la Argentina actual. Incluso - emocional e intelectualmente - late en nosotros un sentimiento primario favorable a la planificación de la producción, el comercio y el consumo a cargo del Estado.
12. La multiplicación geometrica de empleados del Estado y la concentración empresaria en muy pocas manos, son las muestras mas gruesas de la subsistencia del orden económico establecido desde 1943. Y no son las únicas. Todos los ordenes de la vida social (económico, político y cultural) han sido afectados. Sin embargo de este cambio tan radical muy pocos, si alguno, habla. E, incluso, quienes hablan no lo hacen con el mayor acierto: ponen su interés en los problemas del mercado. Pero ignoran e incluso niegan el grave problema de “escasez de tierra” en un país que dispone de 2,700.000 km2.
13. Menos que menos prestan atención al hecho que una sana economía de mercado demanda una sana economía publica y esta solo es debidamente sana si para sostener el gasto recurre a la renta de la tierra y solo por excepción apela a los impuestos que gravan al trabajo, la producción, la inversión y al consumo.
14. El sistema económico de “dirección estatal de la economía”, bajo circunstancias engañadoras y en democracia, existe desde entonces hasta hoy. Este sistema seguirá rigiendo, a pesar de la pronunciada y patente decadencia económica y social existente desde hace mas de 70 años. Se mantendrá este estado de cosas mientras el pensamiento ilustrado y la opinión publica coincidan con el espíritu que late en el editorialista del diario La Nación. Ésta no ha de ser considerada una opinión aislada sino reflejo de la opinión publica argentina, la que se pudo apreciar en mas de 1500 lectores comentaristas.

15. Esta opinión publica es el obstáculo más tremendo que afronta la Argentina en lograr una economía próspera para todos. El orden económico establecido es la causa de nuestra pertinaz decadencia y del cada vez más creciente número de pobres, la formación de bolsones de pobreza, las villas miseria y el hacinamiento urbano, a la par del despoblamiento del territorio. Se estima que mas de 800 pueblos del interior han quedado vacíos. Es imprescindible revalorizar la piedra fundamental de nuestra Constitución Nacional vigente. Ella contiene dos directrices:
a) Manda a establecer un fácil acceso a la tierra urbana y rural, lo cual demanda un derecho adecuado a ese fin.
b) Niega a los gobiernos el derecho de establecer impuestos permanentes al trabajo y la inversión.
c) Esta doble exigencia demanda un serio esfuerzo por pensar, crear y establecer otro sistema de recursos para el gasto público.

16. Reconocer las dos directrices de nuestra Ley Fundamental es la clave intelectual y moral para dictar la legislación necesaria para recuperar el impulso argentino. Nuestra prosperidad material es posible gracias a nuestros vastos recursos territoriales y a la calidad humana de nuestra población. No ha fallado la gente. Ha fallado la cultura dominante. Los educadores tienen la palabra.
Buenos Aires, mayo 29 de 2017

No hay comentarios: