lunes, 17 de junio de 2013

Impuesto sobre el valor del terreno

Un impuesto sobre el valor del suelo (o impuesto de valorización del sitio) es un impuesto sobre el valor no mejorado de tierra solamente. Se trata de un ad valorem impuesto en un terreno que no tiene en cuenta el valor de los edificios , bienes muebles y otras mejoras . Un impuesto sobre el valor del suelo (LVT) es diferente de otros impuestos a la propiedad , ya que estos son los impuestos sobre el valor total de los bienes inmuebles : la combinación de los terrenos, edificios y mejoras en el sitio.
A pesar de la eficiencia de un impuesto sobre el valor del suelo se ha establecido el conocimiento desde Adam Smith , [1] fue quizás el más famoso promovido por Henry George . En su trabajo más vendido Progreso y Pobreza (1879), George argumentó que cuando el sitio o el valor de la ubicación de la tierra se ha mejorado por las obras públicas, la renta económica era la fuente más lógica de los ingresos públicos. [2]
Impuesto al valor del terreno actualmente se ha implementado en todo Dinamarca , [3], Estonia , Rusia , Singapur y Taiwan . El impuesto se ha aplicado en las subregiones de Australia ( Nueva Gales del Sur ), de China ( Hong Kong ), México ( Mexicali ), y Estados Unidos ( Pennsylvania ).

Contenido

Efectos económicos

El valor de la tierra (y muchas otras magnitudes macroeconómicas también) puede expresarse mediante dos conceptos independientes:
  • El valor o, en rigor, el precio, de un sitio en particular de la tierra es lo que trae un intercambio justo en términos de dinero en un comercio de acuerdo o transacción entre dos partes, una de ellas es el propietario de la tierra . (Esta definición está condicionada a LVT no se aplica, ya que cuando se aplica, el valor de cambio se ve afectado.)
  • El valor del suelo del sitio también está directamente relacionada con su exigible la renta del suelo, que es su potencial de uso en la producción o la capacidad residencial. La capitalización de la renta da el valor de la tierra también. La tierra que no es de utilidad no tiene ningún valor y se llama tierras marginales , como explica el economista británico David Ricardo en 1816.

Eficiencia


A la oferta y la demanda diagrama que muestra los efectos de impuestos al valor de la tierra. Si la oferta de tierra es fija, la carga del impuesto recaerá totalmente en el propietario de la tierra, sin pérdida de eficiencia .
La mayoría de los impuestos distorsionan las decisiones económicas. [4] Si se gravan laborales, edificios o maquinaria y plantas (fábricas), las personas son disuadidos de actividades constructivas y beneficiosas, y la empresa y la eficiencia son sancionados por el exceso de carga de los impuestos . Esto no se aplica a LVT, que se paga independientemente de lo bien que la tierra se utiliza realmente. Debido a que la oferta de suelo es inelástico , rentas de la tierra de mercado dependen de lo que los inquilinos están dispuestos a pagar, y no en los gastos de los propietarios, y así LVT no puede ser directamente transmitido a los inquilinos. [5] Los beneficiarios directos de las mejoras incrementales en el rodea barrio por otros sería ocupantes de la tierra, y los terratenientes absentistas se beneficiaría sólo en virtud de la competencia de precios entre los inquilinos actuales y potenciales de los beneficios incrementales, el único efecto directo de la LVT sobre los precios en este caso es reducir el incremento no ganado (reducción el importe de los beneficios generados socialmente que se captura en privado como un aumento en el precio de mercado de la tierra). Dicho de otra manera, LVT se dice a menudo para ser justificados por razones económicas ya que si se aplica correctamente, no va a disuadir la producción, distorsionan los mecanismos de mercado o crear de otro modo las pérdidas de peso muerto de la manera otros impuestos lo hacen. [6] Premio Nobel ganador William Vickrey cree que "la eliminación de casi todos los impuestos a las empresas, incluyendo los impuestos de propiedad sobre las mejoras, con la única excepción de impuestos que refleja el costo marginal social de los servicios públicos prestados a actividades específicas, y su sustitución por impuestos sobre los valores del sitio, mejoraría sustancialmente la eficiencia económica de la jurisdicción." [7] Una correlación entre el uso de LVT, a expensas de los impuestos de propiedad tradicionales y una mayor eficiencia del mercado se predice la teoría económica, y se ha observado en la práctica. [8]
Los defensores, como Fred Foldvary , afirman que la necesidad de pagar el impuesto alienta propietarios para desarrollar terrenos baldíos y subutilizados correctamente o para dar paso a otros que lo haga. Afirman que debido a LVT disuade a la tenencia de tierras especulativo, ruinas urbanas deprimidas áreas son devueltos a su uso productivo, reduciendo la presión para construir en los sitios no desarrollados y por lo tanto la reducción de la expansión urbana . [9] Por ejemplo Harrisburg, Pennsylvania en los Estados Unidos ha gravado la tierra en una tasa seis veces mayor que en las mejoras desde 1975, y esta política ha sido acreditado por su alcalde desde hace mucho tiempo, Stephen R. Reed con la reducción del número de estructuras vacantes en el centro de Harrisburg de alrededor de 4.200 en 1982 a menos de 500. LVT es un impuesto ecológico , ya que aparentemente desalienta a los residuos de los lugares, que son un recurso natural finito. [10] [11] [12]
LVT es un impuesto eficiente para recoger debido a su inmovilidad. A diferencia del trabajo y el capital, la tierra no puede moverse para escapar de impuestos. [13]
Muchos urbanistas sostienen que un impuesto de valor de la tierra es un método eficaz para promover el desarrollo orientado al tránsito . [14] [15]

Los valores inmobiliarios

Inmuebles burbujas ahorro directo hacia la búsqueda de rentas actividades en lugar de otras inversiones, y puede contribuir a una recesión que dañan a toda la economía. Los defensores de la afirmación de impuesto a la tierra que reduce el elemento especulativo en los precios de la tierra, lo que deja más dinero para la inversión de capital productivo y hacer que la economía más estable. [16]
Si el valor de los terratenientes se redujeron a cero o casi cero en la recuperación efectiva toda su renta, un total de valor de los activos de capital privado podría disminuir a medida que fue despojado el elemento valor de la tierra hacia fuera, lo que representa un cambio en la aparente riqueza del sector privado. Dado que los propietarios de tierras a menudo poseen una importante influencia política, esto ha disuadido de manera significativa la adopción de impuestos sobre el valor del suelo. [17]

Cuestiones prácticas

Hay varias cuestiones prácticas relacionadas con la aplicación de un impuesto sobre el valor del suelo. Lo más notable es que tiene que ser:
  • Calculado manera justa y precisa,
  • Lo suficientemente alta para obtener ingresos suficientes sin causar abandono de las tierras, y
  • Anunciado a la persona correcta o entidad comercial.

Evaluaciones / Tasaciones

En teoría, la imposición de un impuesto sobre el valor del suelo es sencillo, sólo requiere una valoración de la tierra y un registro de la identidad de los propietarios de tierras. No hay necesidad de que los contribuyentes para hacer frente a las formas complicadas o para renunciar a la información personal que con un impuesto sobre la renta . Dado que la tierra no se puede esconder, se quitó a un paraíso fiscal o escondido en un sistema electrónico de datos, [18] el impuesto no puede ser evadido .
Sin embargo, los críticos señalan que la determinación del valor de la tierra puede ser difícil en la práctica. En 1796 la Corte Suprema de Estados Unidos opinión, Justicia William Paterson señaló que salir del proceso de valoración a los evaluadores causaría numerosas complejidades burocráticas, así como las evaluaciones no uniforme debido a las políticas imperfectas y sus interpretaciones. [19] Austrian School economista Murray Rothbard más tarde expresó preocupaciones similares, afirmando que ningún gobierno puede evaluar con bastante valor, que sólo puede ser determinado por un mercado libre . [20]
Sin embargo, en primer lugar, como Steven Spadijer ha señalado, el mercado libre es ya determinar el valor imponible de la tierra. Por ejemplo, los evaluadores en la industria de seguros de ida y contenidos ya están desempeñando una función de este tipo a diario, cuando, con el fin de calcular una prima de seguro, el valorador debe separar el valor de la vivienda a partir del valor indestructible de la tierra por debajo de la casa en sí. Por lo tanto, el valor de la tierra para fines LVT se evaluó mediante pruebas de mercado. Tal evidencia puede comprender tanto los precios de venta y alquiler. Si ya existe el desarrollo de un sitio, el valor de la página puede ser descubierto por diversos medios, de los cuales el más fácil de entender es el método residual: el valor de la página es el valor total de la propiedad menos el valor depreciado de los edificios y otras estructuras. Esto puede explicar por qué el sistema implica poca queja y la relativa facilidad en los lugares donde se ha implementado. En segundo lugar, si se compara con modernas evaluaciones impuesto predial día, las valoraciones de la tierra implican menos variables y tienen suaves pendientes de las valoraciones que incluyen mejoras. Esto es debido a la variación de la construcción de estilo, la calidad y el tamaño entre lotes . Informatización moderna y las técnicas estadísticas han facilitado el proceso, en los años 1960 y 1970, el análisis multivariado . fue introducido como un método de evaluación de la tierra [21]
Por lo general, el proceso de valoración comienza con una medición de las tierras más valiosas y menos en el ámbito de la fiscalidad. Algunos sitios de valor intermedio continuación, se identifican y se utilizan como valores de "hito". Otros valores se rellenan entre los valores históricos. Los datos son recopilados después en una base de datos y se vincula a un número de referencia de la propiedad única, [22] "suavizado" y se asigna mediante un sistema de información geográfica (GIS). Por lo tanto, incluso si la valoración inicial es difícil, una vez que el sistema está en uso, las valoraciones sucesivas se hacen más fáciles.

Ingresos Limited


En este caso, la tierra se grava al 100% de su valor de alquiler, lo que elimina el excedente terrateniente completo. Los ingresos fiscales tierra no se pueden levantar más allá de este punto.
En el ámbito de la imposición valor de la tierra como un impuesto único (en sustitución de todos los demás impuestos), algunos han argumentado que LVT por sí sola no puede aumentar suficientemente grandes ingresos . [23] Sin embargo, esto es ignorar el hecho de que otros impuestos tienen el efecto de reducir la tierra valores y por lo tanto el importe de los ingresos que puede subirse a ellos. Los fisiócratas argumentaron que todos los impuestos son, en definitiva, a expensas de los valores de arrendamiento de tierras. La mayoría de los sistemas de LVT modernas son, junto con otros impuestos, y por lo tanto sólo reducen su impacto sin eliminarlos completamente. En un caso o evento en el que una jurisdicción intentó imponer un impuesto a la tierra que era más alto que todo el terrateniente superávit , que se traduciría en terrateniente abandono y una fuerte disminución de los ingresos fiscales. [24]

Requiere propiedad clara

En algunos países, LVT es casi imposible de aplicar debido a la falta de certeza en cuanto a los títulos de propiedad y establecido claramente propiedad de la tierra y la tenencia . Por ejemplo, una parcela de tierra de pastoreo puede ser de propiedad comunal de los habitantes de un pueblo cercano y administrado por los ancianos del pueblo. En estas situaciones, las tierras en cuestión tendría que ser investida en un fideicomiso o entidad similar a efectos fiscales. Si el gobierno no puede definir con precisión los límites de propiedad y determinar los verdaderos dueños, no se puede saber de quién de cobrar el impuesto. El fenómeno de la falta de títulos claros se encuentra en todo el mundo en los países en desarrollo [25] y es, en parte, el tema de la obra del peruano economista Hernando de Soto . En los países africanos, con registro de la tierra imperfecta, los límites pueden ser mal encuestados, el propietario puede ser difícil de alcanzar y que tendría que ser identificado o hecho de identificarse, de lo contrario, sería mucho más difícil de impuestos de los ocupantes. La mayoría de los gobiernos exigen que los recaudadores de impuestos, sin embargo, un seguimiento de los propietarios por lo que la carga del impuesto no recae sobre los pobres. [26]

Terreno Incentivos Fiscales Valor

Como un modelo de cómo Valor de la Tierra impuestos afecta a los incentivos, tomemos por ejemplo un terreno baldío en el centro de una ciudad vibrante y en crecimiento. Cualquier propietario que debe pagar un impuesto para un lote, percibirá sosteniéndolo vacante como un pasivo financiero en lugar de una inversión que se eleva pasivamente en valor.
Un impuesto sobre el valor del terreno no aumenta el precio de compra de la tierra. incidencia fiscal recae completamente sobre los propietarios. Esto quiere decir que los propietarios no pueden elevar colectivamente el precio de mercado global de la tierra como resultado del impuesto.
Una de las razones es que los compradores no pagarán por la apreciación esperada de la tierra ya que tal apreciación se grava de distancia. Desde la perspectiva del vendedor, el costo de la tierra más que mantener continuamente la propiedad de. Así, Valor de la Tierra Tributación da a los compradores mayor influencia sobre los vendedores.
Del mismo modo, el precio de venta de cualquier cosa que se fija la oferta no va a aumentar si se grava. [ cita requerida ] Como no es, para todos los efectos, una oferta fija de la tierra, un impuesto sobre el valor del suelo es pagado por el propietario de la tierra .
Además, a diferencia de gravar los bienes que tienen un mayor precio de compra como resultado de mayores costos de producción, la tierra no aumenta de precio cuando gravados. Esto se debe a que la tierra simplemente existe. No se produce por los propietarios individuales de la tierra.
Por estas mismas razones, un impuesto sobre el valor del suelo tampoco se transmite a los inquilinos como alquiler más alto. Los propietarios se ven obligados a tomar tierra disponible para los inquilinos como una forma de generar los fondos necesarios para pagar el impuesto sobre el valor del terreno. En términos relativos, los propietarios compiten con otros propietarios a los inquilinos en lugar de los inquilinos que compiten entre sí por el espacio.
Valor de la Tierra Tributación crea un impulso para utilizar un sitio para un propósito la generación de ingresos, tales como apartamentos, fachadas de tiendas, oficinas, etc, o vender parte o la totalidad del sitio. Por supuesto, cualquier persona que compre la tierra se enfrentará con el mismo incentivo, que es usarlo o perderlo.
El Impuesto al Valor Terrenos pagado por unidad de superficie es alta en lugares con altos valores de la tierra, especialmente en las ciudades. En las ciudades vibrantes, en condiciones de uso de la tierra en forma de edificios que son subutilizados, corto, o incluso abandonadas generalmente hablando convertida a usos más intensivos. Por supuesto, los estacionamientos vacíos o nivel del suelo también están generalmente convertidos a la construcción de estructuras espaciales y aparcamiento.
Tal resultado incentivos en un aumento de la oferta de espacio para vivir, trabajo, recreación, etc Suponiendo constante demanda, el aumento de la oferta de espacio construido, es decir, sustitutos de la tierra, disminuyen la renta pagado por dicho espacio.
Esto es especialmente relevante ya que los impuestos del valor del suelo se utilizan a menudo para sustituir a los impuestos sobre los edificios, entre otros impuestos. Por supuesto, los impuestos sobre los edificios restringen la oferta de espacio del edificio. A cambio neutral ingresos de los edificios a la tierra aumenta la oferta de construcción de un espacio más que un impuesto del valor del suelo solo.
En una ciudad, relleno del espacio mal utilizado combate eficazmente la expansión , permitiendo a la gente a vivir más cerca del centro de la ciudad por el mismo precio.
Gravar la tierra reduce el incentivo para la evasión de impuestos . Las corporaciones multinacionales por ejemplo, no pueden tomar la tierra con ellos en el extranjero. Valor de la tierra se considera información pública a diferencia de los ingresos, ventas, etc SIG mapas proporcionan un medio para comparar fácilmente los impuestos pagados sobre los valores del suelo. Esta transparencia reduce la capacidad de los terratenientes para evadir el impuesto.

Ética

En términos religiosos, se ha afirmado que la tierra es un don común a toda la humanidad. [27] Por ejemplo, la Iglesia Católica como parte de su principio de "destino universal" afirma:
Todo el mundo sabe que los Padres de la Iglesia establecen el deber de los ricos hacia los pobres en términos muy claros. Como San Ambrosio dice lo siguiente: "No se está haciendo un regalo de lo que es suyo para el pobre, pero usted le está dando de nuevo lo que es suyo le ha apropiando cosas que están destinados a ser de uso común de todos.. La tierra es de todos, no para los ricos ". [28]
Tierra adquiere una escasez de valor debido a las necesidades competitivas de la comunidad de vida, trabajo y espacio de ocio. Según los defensores, [29] el valor de la tierra no mejorada debe nada a los esfuerzos individuales de los terratenientes y todo para la comunidad en general. Estos partidarios sugieren que el valor de la tierra es justa y única para la comunidad.
Un impuesto sobre el valor del suelo se tiene en cuenta el efecto sobre el valor de los terrenos de la propiedad, o de las mejoras realizadas a la tierra vecina, tales como la proximidad a las carreteras, obras públicas o de un centro comercial. LVT se dice que actúa como captura de valor fiscal. [30] Una nueva obra pública del proyecto puede hacer que la tierra adyacente subir considerablemente su valor, y por lo tanto, con un impuesto sobre los valores de la tierra, el impuesto a la tierra adyacente sube. Por lo tanto, las nuevas mejoras públicas serían pagados por los más beneficiados por las nuevas mejoras públicas -. Aquellos cuyo valor de la tierra subió más [31]

Historia

Pre-moderna

Impuesto al valor del terreno tiene raíces antiguas, que se remontan a después de la introducción de la agricultura . Una de las formas más antiguas de los impuestos, que se basaba originalmente en el rendimiento del cultivo . Esta primera versión del impuesto que simplemente compartir el rendimiento en el momento de la cosecha , similar al pago de una renta anual. [32]
Miles de años antes de que Henry George y los fisiócratas franceses, los sabios arios de la India antigua describen el tema de la renta de la tierra y una solución muy similar. "La tierra ... es común a todos los seres que disfrutan de los frutos de su propio trabajo, sino que pertenece ... a todos por igual", por lo que "no se debe dejar un poco para todo el mundo". Gautama 's norma establece que el rey " vivirá en el superávit ", que significa la imposición de un impuesto sobre la diferencia de los sitios más productivos por encima de los menos productivos (es decir marginal). Apastamba dijo: "Si la persona que ocupaba la tierra no ejerce a sí mismo y por lo tanto no tiene ninguna producción, que Deberá, si es rico, ser obligados a pagar lo que debía haberse producido ". Tierra, es decir, no debe ser celebrada de la producción - en particular la tierra de los sitios centrales que son los más buscados y así manda la mayor renta o plusvalía.
Bajo la ley mosaica del antiguo Israel un Jubileo se llevó a cabo cada 49 años en los que las tierras fueron devueltas a su propietario original de las tribus con el fin de devolver la igualdad entre los hijos de Israel. Si la tierra se perdió a causa de las deudas, la tierra debía ser devuelto durante el jubileo tanto, la tierra no puede ser vendida o adjudicados de forma permanente. "Y la tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra mía es; pues vosotros sois extranjeros y colonos con Me" (Levítico 25 versículo 23). Al igual que con la mayoría de las culturas, los derechos de propiedad sobre la tierra, esclavos y sirvientes contratados eran menos absoluta que la de otros derechos reales tales como las herramientas y objetos personales.
Para Aristóteles , los medios más básicos y naturales de la adquisición de la riqueza era mediante la aplicación de mano de obra a la tierra. Definió las transacciones "no naturales", como una manera de reunir riqueza que no estaban vinculadas a la satisfacción de las necesidades reales de la sociedad. Aristóteles favoreció el cultivo de la tierra como la ocupación más honesta y natural, porque vio que la riqueza que surge no se debe a los esfuerzos de los demás. Un granjero de la pista de trabajo es la creación de riqueza "natural", mientras que un propietario que está alquilando la tierra sólo para el enriquecimiento personal estaba involucrado en una "transacción no natural". Aristóteles considera la extracción de recursos naturales a ser menos honesta que la agricultura, pero más natural que el comercio.
Platón asignaciones 's en las leyes lee "Deja que el reparto se hará con este entendimiento de que el ciudadano que recibe su parcela debe considerar como propiedad común de todo el Estado: ya que esta tierra es la patria que debe tender aún más diligentemente que un madre a sus hijos - en la medida de ser una diosa ella es dueña sobre los mortales "

Ancient China

Mencio [33] fue un filósofo chino que abogó por impuesto a la tierra alrededor de 300 aC.
"En tiempos pasados, cuando el rey Wen gobernó en la ciudad de Qi, que tomó sólo una parte en nueve como un impuesto a los que cultivaban la tierra [a la tierra fiscal], y los que sirvió a su gobierno heredó sus estipendios. En la frontera, los bienes objeto de comercio fueron inspeccionados, pero sin cargos fueron impuestos [sin restricción de los derechos de importación de libre comercio], [y] no se impusieron restricciones en el uso de trampas para peces instalados por las represas y vertederos [sin impuestos sobre los bienes de capital] ". El Libro de Mencio, 1B.5, http://www.indiana.edu/ ~ p374/Mengzi.pdf

Fisiócratas


Anne Robert Jacques Turgot , uno de los principales fisiócratas.
Los fisiócratas eran un grupo de economistas que creen que la riqueza de las naciones se deriva únicamente del valor de la tierra agrícola o de desarrollo de la tierra . Fisiocracia es considerado uno de los "primeros modernos" escuelas de economía . Fisiócratas pidieron la abolición de todos los impuestos existentes, completamente libre comercio , y un impuesto único sobre la tierra, [34] que no distinguen, sin embargo, entre el valor intrínseco de la tierra y la renta de la tierra. [35] Sus teorías se originó en Francia y fueron más popular durante la segunda mitad del siglo 18. El movimiento fue particularmente dominada por Anne Robert Jacques Turgot (1727-1781) y François Quesnay (1694-1774). [36] De inmediato anterior a la primera escuela moderna, la economía clásica , que se inició con la publicación de Adam Smith de La riqueza de las naciones en 1776. Los fisiócratas también fueron muy influyentes en la historia temprana del impuesto sobre el valor de la tierra en los Estados Unidos .

Movimiento Radical

Thomas Paine afirmó en su Justicia Agraria folleto que todos los ciudadanos deben pagar 15 libras a los 21 años "como una compensación parcial por la pérdida de su patrimonio natural por la introducción del sistema de propiedad de la tierra." "Los hombres no hicieron la tierra. Es el valor de sólo las mejoras, y no la tierra misma, que es de propiedad individual. Todo propietario debe a la comunidad de un arriendo de la tierra que tiene". [37] Esta propuesta fue el origen del dividendo del ciudadano promovido por Geolibertarianism . Thomas Spence defiende una propuesta similar, excepto que la renta de la tierra se distribuye por igual cada año, independientemente de la edad. [38]

Los economistas clásicos

Fue Adam Smith, en su libro La riqueza de las naciones , que primero rigurosamente analizados los efectos de un impuesto sobre el valor de la tierra, señalando cómo no estaría de más actividad económica, y cómo no levantaría rentas de la tierra.
Cacahuetes alquileres son un tema aún más adecuada de los impuestos a la renta de casas. Un impuesto sobre la tierra-rentas no elevaría las rentas de las casas. Sería caer por completo sobre el propietario de la renta de la tierra, que actúa siempre como un monopolista, y exige el mayor alquiler que se puede consiguió para el uso de su suelo. Más o menos se puede conseguir por él según que los competidores pasan a ser más rico o más pobre, o pueden darse el lujo de satisfacer su fantasía para un punto particular del suelo a una mayor o menor gasto. En todos los países el mayor número de competidores ricos es en la capital, y es allí en consecuencia, que los más altos de tierra-los alquileres son siempre para ser encontrado. A medida que la riqueza de los competidores sería en ningún sentido se incrementará en un impuesto sobre las rentas del suelo-, que probablemente no serán dispuestos a pagar más por el uso de la tierra. Ya sea que el impuesto debía ser adelantado por el habitante, o por el propietario de la tierra, sería de poca importancia. Cuanto más el habitante está obligado a pagar el impuesto, menos se inclinaría a pagar por el suelo, de modo que el último pago del impuesto recaería totalmente en el propietario de la renta de la tierra.
- Adam Smith, La riqueza de las naciones, Libro V, capítulo 2 , artículo I: Impuestos sobre la Renta de Casas

Georgismo


Henry George en 1865.
Henry George (2 septiembre 1839 hasta 29 octubre 1897) fue quizás el más famoso defensor de la recuperación de rentas de la tierra para fines públicos. Un americano periodista , político y economista político , abogó por un " impuesto único "en la tierra que eliminaría la necesidad de que todos los demás impuestos. En 1879 fue el autor de Progreso y Miseria , que influyó significativamente tributación de la tierra en los Estados Unidos y muchos otros países, como Dinamarca, que sigue con la 'grundskyld' (tierra de servicio) como un componente clave del sistema fiscal. [39]

Restauración Meiji en Japón

Después del 1868 Restauración Meiji en Japón, Reforma Tributaria Tierra se llevó a cabo. Un impuesto sobre el valor del suelo se puso en práctica a partir de 1873. En 1880 los problemas iniciales con la valoración y la oposición rural había sido superada y la rápida industrialización estaba en marcha.

Partidos Liberal y laborales en el Reino Unido

En el Reino Unido , LVT era una parte importante de la plataforma del Partido Liberal durante la primera parte del siglo XX: David Lloyd George y HH Asquith propuestas "para liberar a la tierra que a partir de este mismo momento está encadenada con las cadenas del feudalismo ». [40] También se abogó por Winston Churchill temprano en su carrera. [41] El partido liberal moderno (que no debe confundirse con el Partido Liberal Demócrata , que son el mayor heredero al Partido Liberal antes, pero que también tienen algún tipo de apoyo a la idea [42] ) mantiene su compromiso de una forma local de impuestos al valor de la tierra, [43] al igual que el Partido Verde de Inglaterra y Gales [44] y el Partido Verde Escocés . [45]
El presupuesto 1931 del Trabajo incluye un impuesto del valor del suelo, pero antes de su entrada en vigor fue derogado por el Gobierno Nacional Conservador, dominado que siguió poco después. [46]
Un intento de introducir el valor del sitio imposición en el administrativo del condado de Londres fue hecha por la autoridad local bajo la dirección de Herbert Morrison en el 1938-9 Parlamento, llamado London Valoración (Valores Sitio) Bill. A pesar de que no, que establece la legislación detallada para la implementación de un sistema de impuestos al valor de la tierra mediante la evaluación anual de valor. [47]
Después de 1945, el Grupo de Trabajo adoptó la política, contra la oposición de un importante cuerpo de diputados, de tratar de cobrar "valor de desarrollo": el aumento de los precios de la tierra derivados de la planificación de consentimiento. Esta fue una de las disposiciones de la Town and Country Planning Act 1947 y fue derogada cuando el gobierno laborista perdió el poder en 1951.

Moderna

En Principios (1890), Alfred Marshall argumentó a favor de una "tasa de aire fresco", un impuesto con cargo a los propietarios de tierras urbanas y'' que grava el valor especial de suelo urbano que es causada por la concentración de la población'' (1961 ,. Vol. 1, p. 718N.). Esa tasa general'''' debe tener'' que se gasta en romper pequeñas manchas verdes en medio de los distritos industriales densas, y en la preservación de amplias zonas verdes entre los diferentes pueblos y entre los diferentes barrios que tienden a unirse'' . Esta idea influyó en Arthur Pigou del, alumno de Marshall, ideas sobre imposición de las externalidades negativas. http://www.eshet.net/conference/paper_view.php?id=811&p=33
Paul Samuelson apoya firmemente un impuesto del valor del suelo. "Nuestra sociedad ideal considera esencial para poner una renta de la tierra como una forma de maximizar el consumo total disposición de la sociedad .... renta de la tierra pura se encuentra en la naturaleza de un" excedente "que pueden someterse a imposición en gran medida sin incentivos a la producción que distorsionan o la eficiencia. Un impuesto del valor del suelo puede ser llamado 'el impuesto útil sobre tierra excedente medido ".
Milton Friedman dijo: "Hay un sentido en el que todos los impuestos son antagónicos a la libre empresa - y sin embargo, tenemos que los impuestos .... Entonces la pregunta es, que son los impuestos menos malo En mi opinión, la menos mala de impuestos es la propiedad? impuesto sobre el valor de la tierra no mejorada, el George argumento de muchos, muchos años atrás, Henry ".
Michael Hudson es un defensor vocal para gravar la renta, especailly renta de la tierra. ".... políticamente, gravar la renta económica se ha convertido en la bestia negra de la globalización neoliberal. Es lo que los propietarios y rentistas temen más que nada, como la tierra, los recursos del subsuelo y de los monopolios naturales superan con creces el capital industrial en magnitud. Lo que aparece en las estadísticas, a primera vista como "ganancia" Resulta que después de un examen para ser ricardiana o renta "económica". "
Paul Krugman coincide en que un impuesto de valor del suelo sea eficiente, sin embargo se cuestiona si debe ser considerado como un impuesto único, ya que cree que no sería suficiente solo, sin incluir los impuestos sobre las rentas de recursos naturales y otros impuestos Georgistesque, para financiar un Estado del bienestar. "Lo creas o no, los modelos de economía urbana en realidad sugieren que los impuestos georgista sería el enfoque correcto, al menos, para financiar el crecimiento de la ciudad, pero me gustaría simplemente decir:. Yo no creo que se pueda recaudar suficiente dinero para mantener un estado de bienestar moderno por tierra fiscal [sólo]. " http://www.psmag.com/politics/this-land-is-your-land-3392/
El premio Nobel Joseph Stiglitz escribe: "No sólo fue Henry George correcto que un impuesto sobre la tierra no es distorsionante, pero en una sociedad de equilibrio ... impuesto sobre la tierra aumenta lo suficiente ingresos para financiar el nivel (óptimamente elegida) del gasto público.

Canada

Impuestos sobre el valor del suelo eran comunes en el oeste de Canadá a comienzos del siglo XX. En Vancouver LVT se convirtió en la única forma de tributación municipal en el año 1910 bajo la dirección del alcalde, Luis D. Taylor . [48] Gary B. Nixon (2000) afirma que la tasa no superior al 2% del valor de la tierra, demasiado bajo para evitar la especulación que condujo directamente a la masiva caída 1,913 inmuebles. [49] Todas las provincias canadienses han vuelto a mejoras fiscales.

Sistemas tributarios existentes

Un estudio completo y detallado de impuestos al valor de la tierra en todo el mundo, se publicó en 2001. [50]

Australia

El estado de Nueva Gales del Sur impone un impuesto sobre el valor del suelo estatal. Sin embargo a diferencia de las tasas municipales, campos agrícolas y el establecimiento principal de la persona de la residencia son generalmente exentos y el impuesto estatal sólo se aplica sobre el valor durante un cierto umbral. En Nueva Gales del Sur determinación del valor de la tierra, para efectos del impuesto a nivel estatal y local, es la responsabilidad del tasador General. [51] Las ciudades de Sydney , Canberra , Australia, y otros en uso LVT. Un estudio en profundidad, bajo la presidencia de Sir Gordon Chalk publicó un informe [52] en 1986 sobre el tema de los impuestos locales para la ciudad de Brisbane, Queensland . El informe, que examina muchos medios alternativos de financiación local, establece los argumentos a cabo completa y concisa para LVT.
Por ingresos, impuestos a la propiedad representan el 4,5% de la recaudación impositiva total en Australia. [53]

Estados Unidos

Impuestos sobre el valor del suelo se utilizan en diversas jurisdicciones de los Estados Unidos, particularmente en el estado de Pennsylvania .
A finales del siglo 19 los seguidores de Henry George fundó una colonia tributaria en Mobile, AL. Aunque la colonia, ahora una corporación sin fines de lucro, aún mantiene la tierra en la zona y recoge una pequeña renta de la tierra, la tierra aún está sujeta a todos los demás impuestos estatales y locales. [54]

Hong Kong

En Hong Kong, el Gobierno de alquiler , antes el alquiler corona, se percibe, además de Cambio . Para las propiedades que se encuentran en los Nuevos Territorios (incluidos New Kowloon), o se encuentran en el resto del territorio y de los cuales la concesión de la tierra tiene lugar después del 27 de mayo de 1985, el Gobierno de alquiler se cobra en el 3% del valor de la renta catastral. [55] [56]

Otros países

Pure LVT, además de bienes raíces o impuestos sobre la propiedad genérica, se utiliza en Taiwán , Singapur y Estonia . [57]
Varias ciudades de todo el mundo también utilizan LVT (por ejemplo, véase Australia, más arriba). También se ha utilizado en Mexicali, México . [58]

Los países con una discusión activa

China

China de Bienes Rights Law 's contiene disposiciones fundamentales basadas en un análisis de los impuestos del valor del suelo. [59]

Irlanda

En 2010, el entonces gobierno de Irlanda anunció que introduciría un LVT, a partir de 2013. [60] Sin embargo, tras un cambio de gobierno en 2011 este compromiso se ha debilitado. La corriente de 2011 del Programa de Gobierno sólo que el gobierno va a "tener en cuenta ... varias opciones para un impuesto valoración in situ". Sigue "Todo impuesto valoración sitio debe tener en cuenta el número importante de hogares en apuros hipotecarios y proporcionar los gobiernos locales con un flujo confiable de ingresos". [61]

Kenia

Impuesto sobre el valor de la tierra es actualmente en algún momento de su introducción en Kenia , [62] [63]

Namibia

Impuesto sobre el valor de la tierra es actualmente en algún momento de su introducción en Namibia . [ cita requerida ]

Reino Unido

Las campañas de campaña terrestre del Trabajo en el Partido Laborista y el movimiento más amplio del trabajo de "una distribución más equitativa de la plusvalía de la tierra que se crean por toda la comunidad" a través de un impuesto anual sobre el valor de la tierra. Entre sus miembros figuran miembros del Partido Laborista británico, los sindicatos y las cooperativas, así como individuos. [64] ALTER El Partido Liberal Demócrata (acción para Land Fiscalidad y reforma económica) tiene como objetivo
para mejorar la comprensión y el apoyo de Valor de los Terrenos Tributación entre los miembros del Partido Liberal Demócrata, para animar a todos los demócratas liberales para promover y luchar por esta política como parte de un sistema económico más justo y sostenible basada en recursos en el que nadie está esclavizado por la pobreza ,. y cooperar con otros organismos, tanto dentro como fuera del Partido Demócrata Liberal, que comparten estos objetivos [65]
Los cursos de "Economía con Justicia" [66] con una base sólida en LVT se ofrecen en la Facultad de Ciencias Económicas , que tiene vínculos históricos con la Fundación Henry George. [67]

Scotland

Desde el comienzo del nuevo siglo, con la descentralización y el restablecimiento del Parlamento de Escocia , ha habido interés y la presión política en Escocia para introducir impuestos al valor de la tierra.
En febrero de 1998 el gobierno del Reino Unido antes de la descentralización en Escocia (la Oficina de Escocia ) puso en marcha un proceso de consulta pública de gran alcance sobre la amplia cuestión de la reforma agraria. [68] Un estudio de la constancia de la respuesta del público encontró que: "excluyendo el respuestas de los terratenientes y sus agentes, contados de probabilidades prejuicios en contra de la medida, el 20% de todas las respuestas a favor de impuesto sobre la tierra "(12% en total, sin las exclusiones). [69] El gobierno respondió con el anuncio de "una economía global evaluación del posible impacto de la mudanza a un valor base de tributación de la tierra ". [70] Sin embargo, en una confusión de los Planes de Acción de Reforma Agraria publicados, los resultados públicos concretos, positivos no se materializó. [71]
En 2000 Junta de Gobierno Local del Parlamento [72] realizó una investigación sobre las finanzas del gobierno local. Su mandato incluye explícitamente el valor tributación de la tierra [73] , pero el informe final de la Comisión no se pronunció sobre el sistema. [74]
En 2003 el Parlamento escocés aprobó una resolución: "Que el Parlamento señala estudios recientes por el Ejecutivo escocés y está interesado en construir sobre ellos al considerar e investigar la contribución de impuestos al valor de la tierra podría hacer al renacimiento cultural, económico, ambiental y democrático de Scotland ". [75]
En 2004, una carta de apoyo fue enviado por un grupo de miembros del Parlamento de Escocia a los organizadores y delegados de la IU conferencia internacional 24 's que se celebra en Madrid, firmado por los miembros de la verde Escocia , socialistas y nacionalistas partes. [76 ]
La política fue considerada en 2006 por el banquero Sir Peter Burt designado por el gobierno de Escocia Local Finance Review Gobierno 's. Informe de la Revisión 2007 [77] concluye que "aunque el valor tributación de la tierra se encuentra con un número de nuestros criterios, nos preguntamos si el público aceptaría la conmoción que participan en la reforma radical de esta naturaleza, a menos que ellos pudieran entender claramente la naturaleza del cambio y la beneficios involucrados .... Se consideraron en detalle los numerosos aspectos positivos de un impuesto sobre el valor de la tierra, que son consistentes con nuestros impuestos locales a la propiedad recomendada [LPT], en particular su carácter progresivo ". Sin embargo, "[h] ras considerar tanto el valor catastral y el valor de la tierra como base de tributación, estamos de acuerdo con Layfield [Comité del Reino Unido de Investigación, 1976)], que recomienda que cualquier impuesto sobre la propiedad local debe basarse en los valores del capital". [78 ]
En 2009, el Ayuntamiento de Glasgow decidió que deseaba introducir un impuesto sobre la base de valores de la tierra: "la idea podría convertirse en el modelo para el futuro los impuestos locales de Escocia" [79] El Consejo ha acordado [80] un "movimiento a largo plazo a nivel local impuestos a la propiedad / tierra impuesto sobre el valor fiscal híbrido ": el Grupo de Trabajo Tributación Local también que sencillo [no-híbrido] valor de la tierra fiscal debe a sí misma" no puede descartar como una opción para la reforma de la fiscalidad local: que potencialmente tiene muchos beneficios y se dirige a muchos de los actuales preocupaciones ". [81]

Interés de referencia en otro lugar

En Zimbabwe , los socios de la coalición de gobierno del Movimiento para el Cambio Democrático tiene la tributación valor de la tierra como su política. [82] Desde 2000, ha habido expresiones políticas de interés en la política y el análisis, en Bélgica, [83] Etiopía, [63] República de África del Sur [63] y otros países. Los gobiernos de Tailandia [84] y Hungría [85] han mostrado cierta simpatía por la política.
Hay campañas locales para introducirlo en muchos otros países, como Corea del Sur y el Reino Unido (donde un amplio conjunto de grupos independientes y políticamente alineados [86] abogado y avanzar en el caso de los impuestos al valor de la tierra). [87] La IU funciona internacional y en las Naciones Unidas en apoyo de la política. En 1990, varios economistas escribieron [88] a continuación, el presidente Mikhail Gorbachov sugiere que Rusia Uso de la tierra Valor Fiscalidad en la transición hacia un mercado libre de la economía: la de no hacerlo, se ha argumentado como causal en el aumento de los oligarcas . [89]

Véase también

Referencias

Notas

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Fuentes

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Recursos externos

sábado, 8 de junio de 2013

Proyecto de Ley de REFORMA TRIBUTARIA Por Eduardo Conesa

EL IMPUESTO AL VALOR DE LA TIERRA LIBRE DE MEJORAS COMO
HERRAMIENTA PARA SUPERAR LA TRABAZÓN DEL ARTICULO 75
INC. 2 DE LA CONSTITUCION NACIONAL REFERENTE A UNA
NUEVA LA LEY CONVENIO SOBRE COPARTICIPACION FEDERAL DE
IMPUESTOS
POR EDUARDO CONESA
PROFESOR TITULAR CONSULTO DE ECONOMIA Y FINANZAS DE LA UBA

SUMARIO: 1.-Introducción 2.-Eficiencia económica del impuesto al valor de mercado de latierra libre de mejoras 3.-El concepto libre de mejoras 4.-Derogar la prohibición de indexar 5.-La Constitución Nacional, el eficiente uso del recurso tierra, la reducción de la evasión y el fomento de la correspondencia fiscal. 6.-Pago a cuenta de Ganancias y disminución de laevasión en este impuesto 7.-Correspondencia fiscal y aumento de las autonomías provinciales 8.-El dominio “originario” provincial y la distribución de los poderes impositivos 9.-Conclusiones 10.-El proyecto de ley

1.-Introducción.
En el año 1880, la República Argentina era un vasto territorio fértil y desierto de 2.7 millones de kilómetros cuadrados poblado por solamente unos 1.7 millones de habitantes. La Constitución establecida en 1853-60 era, en cierto sentido, un plan de desarrollo económico que ordenaba cultivar y explotar nuestra tierra. Para lo cual gobierno federal debía fomentar la inmigración europea, la educación y la construcción de ferrocarriles y puertos en pos de una economía agroexportadora, bajo los auspicios del libre comercio, también establecido constitucionalmente en el Art. 14. Esas prescripciones constitucionales fueron adoptadas uniformemente como “Políticas de Estado” por los gobiernos que se sucedieron hasta el estallido de la primera guerra mundial. Para esa fecha, 1914, nuestro país estaba posicionado entre los primeros ocho del mundo en ingreso per cápita, en paridad con Francia y Alemania, aunque algo por debajo de Inglaterra, Estados Unidos, Australia y Canadá. La primera guerra mundial suspendió por cuatro años la venida de capital extranjero para la expansión de nuestra infraestructura, y limitó la inmigración europea. En el decenio de los años treintas el freno a nuestras exportaciones agropecuarias provocado por la depresión mundial fue compensado en parte con políticas activas de tipo de cambio competitivo, sustitución de importaciones, obras públicas y construcción de caminos. En lo relativo a los impuestos, se creó la DGI y el impuesto a los réditos. Quizá hubiese sido otra la historia económica argentina en la segunda parte del siglo XX si se hubiese sancionado un impuesto a la tierra libre de mejoras en lugar del impuesto a los réditos, o si, como proponemos en este ensayo, un impuesto a la tierra libre de mejoras como “pago a cuenta” del impuesto a las ganancias. En lugar de esta alternativa racional, se siguió un camino aparentemente mas fácil a partir de 1943 con la congelamiento de los alquileres y su prórroga sine die, apartando así al país de las sabias prescripciones de la Constitución Nacional. El congelamiento fue una medida redistributiva, pero anti-productiva. Creo un gran desorden en la propiedad.
El derecho personal del locatario se transformó en una suerte de derecho real y la incertidumbre consiguiente constituyó un freno al aumento de las inversiones, la producción y al desarrollo tecnológico del agro. Lo cierto es que aun en 1943, Argentina mantenía su posición entre los países de mayor ingreso per capita del mundo, aunque la importancia del factor tierra en nuestro desarrollo comenzó a declinar.
2.-Eficiencia económica del impuesto al valor de mercado de la tierra libre de mejoras
Se trata de reivindicar, al menos en parte, al factor tierra como factor de nuestro desarrollo. Para ello se debe volver a la idea de David Ricardo sobre el impuesto al valor de mercado de la tierra libre de mejoras. En este trillado tema, la vieja escuela liberal clásica se cubrió de gloria ante de los estudiosos de la economía y las ciencias sociales y políticas. En efecto, el impuesto al valor de mercado de la tierra libre de mejoras debió ser la base de un sistema impositivo destinado a liberar las energías sociales, promover la eficiencia y el crecimiento, sin distorsionar la asignación de los recursos, y por sobre todo
ello, tendiente a la materializar un ideal de justicia distributiva. El mismo David Ricardo decía en el libro citado:
“un impuesto sobre la renta de la tierra no afectaría solamente a esta; recaería totalmente sobre los propietarios y no podría transferirse a los consumidores. El propietario no podría subir la renta porque dejaría inalterada la diferencia entre el producto obtenido en el terreno menos productivo y el cosechado entre los demás.”1
El fundamento teórico del impuesto al valor de mercado de la tierra libre de mejoras radica en la baja elasticidad de oferta del factor tierra. Si la curva de oferta de tierra es una línea vertical, el impuesto deberá ser absorbido por el mismo propietario. Es imposible que el propietario lo traslade. La única manera de evitarlo es “trasladando el predio” a otras manos. Por ello, para poder conservar su propiedad, no tendrá más remedio que hacerla producir más para poder pagar el impuesto y todavía tener un excedente. Es importante, sin embargo, que el impuesto se aplique solamente a la tierra libre de las mejoras que pueda efectuar el mismo propietario. Se trata de alentarlo a construir edificios, depósitos, alambrados, silos, molinos, aguadas, canales y toda clase obras a ejecutar por el mismo dueño, tendientes a mejorar la productividad del predio de que se trate.
El primer país que ensayó con éxito este impuesto liberal y progresista en forma masiva fue paradójicamente un país conservador como el Japón de fines del siglo XIX. El país estaba gobernado por el Emperador Meiji, un joven brillante y restaurador de los poderes políticos imperiales. Este gobernante decidió abolir el sistema feudal existente en su país de tenencia de la tierra en manos de grandes familias dinásticas. Meiji pensaba que el sistema feudal era culpable del atraso del Japón y que si su país no se
desarrollaba iba a ser prontamente invadido y convertido una colonia de Inglaterra, o de los Estados Unidos, cuyos buques de guerra merodeaban sospechosamente alrededor de sus costas. Fue así que a poco de asumir el poder en 1868, este Emperador estableció un sistema liberal para comprar y vender tierras, pero al mismo tiempo puso un fuerte impuesto al valor de la tierra libre de mejoras para forzar a las familias guerreras y terratenientes a vender las tierras a quienes podían pagar los impuestos. Estos eran los agricultores que sabían como trabajarla y hacerla producir para después poder pagar la carga tributaria. En tres años la producción de arroz se triplicó y Japón empezó su carrera hacia el desarrollo económico con un éxito inicial espectacular merced a la aplicación del impuesto a la tierra libre de mejoras dentro de un sistema de libertad de comercio para la tierra.
Un autor de gran interés para el argumento a favor del impuesto al valor de la tierra libre de mejoras fue el norteamericano Henry George (1839-1897) quien publicó en 1879 un popular libro bajo el título “Progress and Poverty”2.
El libro defiende la idea de un impuesto único sobre la renta pura o "no ganada" de la tierra. Dicha forma de imposición permitiría al Estado apropiarse de aquella parte de la renta bruta total debida a las condiciones naturales de fertilidad y localización, dejando exenta la parte obtenida como consecuencia de las mejoras realizadas por el propietario mediante el trabajo y la inversión de capital. Este impuesto, según George, debía ser el único admisible para la financiación de los gastos gubernamentales y permitiría, según él, la eliminación de los demás tributos, lo cual constituiría un aliciente para el comercio y para la industria y un beneficio para los obreros, forzando a su vez a los terratenientes a mejorar su propiedad. Es discutible la tesis del impuesto “único” a nivel nacional, pero en el caso de las provincias y municipalidades, la idea del impuesto único tiene un alto grado de validez.
Al respecto un estudio reciente muestra en detalle cómo un impuesto único al valor de la tierra libre de mejoras del 2% en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires permitiría solventar la totalidad del presupuesto de esta ciudad, que es una cuasi-provincia3. Ello revela que este impuesto, si se lo considerara como pago a cuenta de Ganancias, podría devolver gran parte de su autonomía fiscal a las provincias y podría ser la pieza clave para destrabar la imposible ley convenio que estipula el articulo 75 Inc. 2 de nuestra Constitución sobre la coparticipación impositiva.
Muchos políticos y economistas en nuestro país impulsaron las ideas de Ricardo y Henry George sobre el impuesto a la tierra libre de mejoras,especialmente los conservadores progresistas de principios del siglo XX como por ejemplo el presidente Roque Saenz Peña, el gobernador de Cordoba Ramón J. Carcano, Eleodoro Lobos, ministro de agricultura del Presidente Roque Saenz Peña y Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, José María Rosa, ministro de Hacienda de Julio Argentino Roca y luego de
Victorino de la Plaza, Antonio de Tomaso, ministro agricultura del Presidente Agustín P. Justo, entre otros. Mas modernamente muchos autores han insitido en las bondades de este impuesto en relación a los demás, cuya carga, se afirma, agobia al país y frena la producción5.
Especial reconocimiento merece Roque Saenz Peña, pues más alla de su adhesión intelectual a la idea, en ejercicio de la presidencia promovió dos proyectos de ley tan consistentes entre sí como la cara y la ceca de una moneda: uno, politico, la ley del voto secreto y obligatorio, por el que es recordado y otro, que movilizaba la economia y respaldaba las bases económicas de la democracia. Sin ésta segunda ley, la primera podía ser peligrosa para la paz social y la estabilidad politica del país. El segundo proyecto, fue archivado por causa de su prematura muerte y olvidado por los siguientes hombres públicos, pero es de enorme actualidad. Su fin era asegurar la “democracia política” mediante una correlativa “democracia
económica”, consistente en “igual derecho de acceso a la tierra para todos que quiesieran trabajarla”. El proyecto establecía el impuesto a la renta de la tierra libre de mejoras, a pagar en todos los territorios nacionales (las 10 gobernaciones) que en su conjunto eran la mayor parte, del territorio argentino de entonces. Los antecedentes de este proyecto provenían del decenio de 1820 durante el gobierno de Rivadavia6.
La idea del impuesto a la tierra libre de mejoras ha sido entusiastamente favorecida por el gobierno norteamericano con su política exterior después de terminada la segunda guerra mundial en 1945, como modo de favorecer la difusión de la propiedad privada agraria en pequeñas parcelas en todo el mundo, combatir el latifundio, aumentar la productividad de las economías capitalistas y de esta manera luchar eficientemente contra el comunismo, ideología que favorece la propiedad estatal de la tierra, un sistema que demostró ser ineficiente. De allí las reformas agrarias efectuadas en países fuertemente influenciados por Estados Unidos como Japón, Corea del Sur y Taiwán en la temprana posguerra. De allí la presión en el mismo sentido de la Alianza para el Progreso, programa lanzado por el Presidente Kennedy para América latina a poco de asumir su presidencia en 1960 con el objeto de evitar la difusión regional del comunismo a la cubana de Fidel Castro.
A lo largo de la historia, el impuesto a la renta de la tierra libre de mejoras ha sido aplaudido por los políticos y economistas liberales de todo el mundo. Por ejemplo, fue apoyado por el partido liberal inglés por intermedio de Winston Churchill cuando era diputado por este partido en la Cámara de los
Comunes en 1909 7
Entre los economistas, el impuesto a la tierra libre de mejoras es el preferido. La literatura al respecto es abrumadora 8 . Los países que se caracterizan en la actualidad por hacer hincapié en el impuesto a la tierra libre de mejoras son Australia, Nueva Zelandia y algunos estados y municipalidades de los Estados Unidos, Inglaterra, Japón y Canadá9 donde es deducible del impuesto a las ganancias. En la República Argentina la recaudación del impuesto inmobiliario en proporción a la recaudación impositiva total llega al 3.6%, 3 veces menos que en los países referidos10. En proporción al PBI la recaudación del impuesto inmobiliario que incluye a las mejoras, llega al 1,1% según las estimaciones mas recientes11 que datan del2007. Claro está que a este porcentaje exiguo habría que agregarle recaudaciones municipales y el impuesto nacional a los bienes personales, en el que la mayor parte de la recaudación corresponde a inmuebles e incluye a las mejoras.
La implementación de un régimen de impuesto a la tierra libre de mejoras en la Argentina tendría efectos expansivos sobre la actividad agropecuaria y sobre la industria de la construcción, tal como ocurrió en todos los países en los que se aplicó. Por ejemplo, en Pennsylvania, Estados Unidos, se probó el fuerte impulso a favor de la construcción de viviendas que significó recaudar menos del 0.5% sobre el valor del suelo y no cobrar nada sobre lo edificado, sin importar la calidad y cantidad construida. A principios de los años 1970, en ese Estado, de manera sucesiva, 8 ciudades hicieron el cambio y en dos años la construcción aumentó alrededor del 250% poniendo fin a la desocupación y proveyendo de viviendas a quienes carecían de ella12.
La tierra rural dejaría de ser un bien dedicado parcialmente a la especulación y pasaría a ser un bien de producción, exclusivamente, pues sería imperativo generar los excedentes con los cuales poder pagar el impuesto. Los propietarios rentistas deberán contratar ingenieros agrónomos, veterinarios y especialistas para aplicar la mas moderna tecnología agropecuaria. Y si no están en condiciones de hacerlo, deberían vender sus campos a quienes que estén en condiciones de maximizar la producción. Vastas extensiones de tierra en el Chaco, Formosa, Salta, Santiago del Estero13, provincias con una recaudación bajísima en este impuesto, deberán ser aplicadas a las producciones mas rentables14. La mera posesión de tierras con agricultura extensiva para lucrar con la valorización de la tierra en el largo plazo dejaría de ser conveniente. Habría una gradual y beneficiosa transferencia de tierras a aquellos que la saben trabajar, como enseña la experiencia universal. Claro está que la mayor parte de esa producción adicional deberá ser exportada, lo cual potenciará el desarrollo del país. Se repetiría así el boom exportador de 1860-1914, época en que también el impuesto inmobiliario, llamado entonces contribución territorial directa, proveía el 60% de las finanzas provinciales.
Todo el vasto interior del país agrario está despoblado mientras domina el hacinamiento en las ciudades  particularmente la “zona metropolitana de Buenos Aires”. En menos de 3.000 km2 están radicados mas de 14 millones de personas y mas de 2 millones viven en “villas miserias”. La densidad habitacional de la CABA es de 15.000 personas por kilómetro cuadrado Es probable además que los efectos mas significativos del impuesto al valor de la tierra libre de mejoras se produzcan en las zonas urbanas. La actual “contribución inmobiliaria está diseñada al revés de lo propuesto en este ensayo y rinde muy poco si se lo considera como ingreso para el fisco. Paga mucho mas quien construye de buena calidad o renueva su edificio, que aquel que mantiene baldío su terreno, o en estado de ruina a su edificio.
Pero las zonas rurales se beneficiarían enormemente y con ello también las finanzas provinciales e incluso también las nacionales, por la mayor recaudación de los derechos de exportación generada por la mayor producción y exportación. Para llevar a cabo la reforma que se propone, los gobiernos nacional y provinciales debieran actuar coordinadamente con un criterio de largo plazo y no movidos por urgencias presupuestarias circunstanciales. El impuesto a renta de la tierra libre de mejoras debiera ser aprobado por una ley del Congreso Nacional como “contribución directa por tiempo determinado”. Las tierras deberían ser valuadas científicamente a su valor venal libres de mejoras y la tasa del impuesto debiera ser del 2% anual pagaderos en 6 cuotas dentro del año.

3.-El concepto libre de mejoras
Es crucial que la ley defina el concepto “libre de mejoras”. Se refiere a las construcciones, edificios, alambrados, aguadas, galpones, molinos, sistemas de riego, canales, caminos, árboles plantados, que se encuentren dentro del predio de que se trate. Estos deben quedar totalmente excluidos de la valuación fiscal. Se trata de valuar el predio pelado. En estado salvaje. Pero sí deben tenerse en cuenta las mejoras de predios vecinos que confieren valor económico al propio. La tierra debe valuarse en función de los caminos, calles,autopistas, construcciones vecinas y jardines, que, aunque ajenos al predio de que se trate, lo hacen mas valioso. La idea es que el contribuyente individual que haga mejoras en su propio predio no pague impuesto por ellas, de manera que se sienta estimulado a hacerlas. Pero en cambio tenga que pagar por la mayor valuación de las tierras que trae el progreso general de la sociedad, la llamada plusvalía de origen social. En otras palabras, debe pagar por el mayor valor que pueda recibir su tierra por las mejoras efectuadas por sus vecinos en predios ajenos, incluso las mejoras que hace el Estado nacional, provincial o municipal en las cercanías de su predio.
Por otra parte, la aplicación del impuesto a la renta de la tierra libre de mejoras en el ámbito urbano estimularía una gradual relocalización de la población argentina hacia las ciudades del interior donde la tierra es mucho mas barata y donde se pagarían menores impuestos en relación a los que se pagarían en la
Capital Federal y el gran Buenos Aires. También se incentivaría el inmediato uso de los terrenos baldíos y el mejoramiento de las propiedades existentes en todo el país, desde que las mejoras estarían exentas del impuesto. Todo ello, como se destacó antes, daría un poderoso impulso a la industria de la construcción, actividad creadora de empleos por excelencia.

4.-Derogar la prohibición de indexar
Para reforzar la actividad en la industria de la construcción convendría complementar el establecimiento del impuesto a la renta de la tierra libre de mejoras con la derogación de la prohibición de la indexación y la sanción de otro proyecto de ley tendiente a desdoblar las funciones del dinero. Además habría que sanear al INDEC y fomentar la difusión de hipotecas indexadas con el índice de variación salarial o el índice del costo de la vida, el que sea menor.
Y concomitantemente, implementar la emisión por el Banco Hipotecario Nacional, el Nación y los provinciales de cedulas hipotecarias indexadas, para crear un título valor para el mercado local que financie el 80% del valor de viviendas y mejoras a largo plazo con bajas tasas de interés real15. De esta
manera, al crear una alternativa de inversión en el país, se desalentaría la compra de dólares, con lo cual se obtendría el beneficio adicional de frenar la fuga de capitales, la que en los últimos 6 años superó los 80 mil millones de dólares.

5.-La Constitución Nacional, el eficiente uso del recurso tierra, la reducción de la evasión y el fomento de la correspondencia fiscal

El Art. 75 de la Constitución Nacional establece que:
Corresponde al Congreso:
1. Legislar en materia aduanera. Establecer derechos de importación y exportación, los cuales así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación.
2. Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. Imponer contribuciones directas, por tiempo determinado, proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación, siempre quel a defensa, seguridad común y el bien general del estado lo exijan. Las contribuciones previstas en este inciso, con excepción de la parte o el total de las que tengan asignación específica, son coparticipables.
Una ley convenio sobre la base de acuerdos entre la Nación y las provincias, instituirá regimenes de coparticipación de estas contribuciones, garantizando la automaticidad de la remisión de los fondos
La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.
La ley convenio tendrá como Cámara de origen el Senado y deberá ser sancionada con la mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara, no podrá ser modificada unilateralmente ni reglamentada y será aprobada por las provincias
No habrá transferencia de competencias, servicios y funciones sin la respectiva reasignación de recursos, aprobada por ley del Congreso  y por la provincia interesada, o por la ciudad de Buenos Aires en su caso
Un organismo federal tendrá a su cargo el control y la fiscalización de la ejecución de lo establecido en este inciso, según lo determina la ley, la que deberá asegurar la representación de todas la provincias y la ciudad de Buenos Aires en su composición
 3. Establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara.
Estos tres incisos del articulo 75 tienen su fuente en el Art. 67 incisos 1 y 2 de la Constitución de 1853-60 por lo cual es interesante determinar qué entendían los constituyentes de esa época por contribuciones directas o indirectas. Nada mejor que referirse al respecto a Juan Bautista Alberdi, el inspirador de la Constitución histórica. Afirmaba el gran tucumano16: O se pide directamente al contribuyente una parte de su renta, o bien se exige una suma sobre ciertos consumos que hace con su renta, sin inquirir su nombre o mencionar su persona. Lo primero es la contribución directa, lo otro es llamado contribución indirecta
Es evidente que al exigir al propietario de un inmueble una parte de la renta de ese inmueble a título de impuesto inmobiliario, estamos ante una contribución directa. Corroborando esta antigua interpretación y después de una larga disquisición sobre lo que se entiende por impuestos directos o indirectos y reconociendo que la mayoría de los autores considera directos a los impuestos que no son trasladables, e indirectos a aquellos en los cuales en que el contribuyente “de jure” traslada la carga impositiva al de facto por la vía de la elevación de los precios, afirma Dino Jarach: En resumen, me parece que de acuerdo con los conceptos de Alberdi y Gorostiaga, el significado de impuesto directo era muy amplio y abarcaba a todos los impuestos no aduaneros y por lo tanto, todos los impuestos que no fueran aduaneros debían ser establecidos por la Nación únicamente por tiempo determinado. …¿Que se entiende por contribución directa? Cuando alguien va a pagar la contribución directa, todo el mundo sabe que se trata de la contribución territorial o fundiaria, o, como se la denomina mas modernamente, contribución o impuesto inmobiliario. La contribución directa era el principal recurso provincial en una época en que la riqueza inmobiliaria era la mas importante manifestación de riqueza17
Sobre esta premisa, esto es que el impuesto inmobiliario es una contribución directa, no cabe duda que la Nación puede establecerla por tiempo determinado “proporcionalmente iguales en todo el territorio de la Nación” porque “el bien general del estado lo exige”. Además para que no distorsione la asignación de los recursos de la economía nacional debe ser un tributo establecido como un impuesto al valor de la tierra “libre de mejoras”.
Este último es un concepto fundamental, como ya hemos adelantado. Pero una pregunta adicional surge: en caso de que lo establezca la Nación, ¿Es coparticipable? La respuesta la da el propio inciso 2: no lo es si tiene una asignación específica. Pues bien, la asignación especifica que aquí sugerimos es la de solventar por mitades los gastos provinciales y municipales de seguridad, educación, alumbrado barrido, limpieza, caminos vecinales y otros gastos correspondientes a las funciones municipales. Es decir que no se trataría de un impuesto para beneficiar a las arcas nacionales, sino todo lo contrario. Sería para beneficio de las mismas provincias y municipios donde está ubicado el inmueble. Esta sería la asignación específica que exige la Constitución para que no sea co-participable.
Además sugerimos una tasa anual que no pueda exceder del 2% del valor venal, a dividirse por mitades en un 1% para la provincia y un 1% para el municipio respectivo del lugar de ubicación del inmueble. Todo ello debería estar acompañado de una prohibición a los municipios de establecer cualquier otro impuesto o tasa sobre la misma materia imponible. La tasa máxima de 2% del valor venal puede parecer exagerada. Por ello este proyecto de ley propone que sea computable como “pago a cuenta del impuesto a las ganancias” y que se derogue el impuesto a los bienes personales y el impuesto a la renta míninma presunta en lo referente a inmuebles. En efecto, en la actualidad existe una caótica triple o cuádruple imposición sobre los inmuebles incluyendo las mejoras sobre los mismos: el impuesto o tasa municipal, el impuesto inmobiliario provincial y el inmobiliario nacional por la vía del impuesto a los bienes personales y el de la ganancia mínima presunta sobre inmuebles. Quede claro entonces que el impuesto a la tierra libre de mejoras legislado de la manera aquí propuesta contribuiría fuertemente a fortalecer la autonomía financiera de las provincias y municipalidades, a aumentar la productividad de las tierras del país, a redistribuir racionalmente su población, al fomento de la industria de la construcción y el empleo, puesto que las mejoras no estarían gravadas, a evitar la fuga de capitales y al desarrollo económico del país con justicia distributiva y una óptima asignación de sus recursos.

6.-Pago a cuenta de Ganancias y disminución de la evasión en este impuesto

El impuesto a la tierra libre de mejoras del 2% sobre el valor venal de la tierra libre de mejoras debe poder computarse como pago a cuenta de ganancias. Y esta es una condición sine qua non para el éxito de la reforma fiscal que se propone. Como el impuesto a la tierra libre de mejoras es imposible de evadir
y debe pagarse inexorablemente, su establecimiento y su cómputo como pago a cuenta ayudaría a la Nación a reducir la evasión en el impuesto a las ganancias. En efecto, una gran cantidad de potenciales contribuyentes no inscriptos en este impuesto verían la conveniencia de inscribirse para aprovechar el dicho pago a cuenta. De la misma manera una legión de monotributistas encontraría conveniente pasar al régimen general de pago del impuesto a las ganancias para también aprovechar el pago a cuenta. Según la
CEPAL, la evasión impositiva en ganancias llega en nuestro país al 49.7%, una de las mas altas entre las de los países en desarrollo18. Con el sistema que se propone la evasión podría alcanzar una meta más normal del 20%.
7.-Correspondencia fiscal y aumento de las autonomías provinciales

Las debilidades del sistema impositivo argentino no solamente radican en los impuestos legislados que en la práctica no se cobran en desmedro de la ley y la justicia distributiva. También hay un grave problema de correspondencia fiscal. En efecto, el régimen de coparticipación vigente determina que lo que los gobiernos provinciales gasten lo que no recaudan, sino que les viene de arriba de la Nación. Es decir que los gobiernos provinciales argentinos tienen mayores responsabilidades de gasto que de recaudación, lo que conduce a comportamientos fiscales no responsables, a un desincentivo a recaudar y, por lo tanto, a una mayor evasión. Con el sistema que se propone en esta ley se respaldaría la autonomía provincial y se fortificaría la recaudación por las provincias mediante un impuesto tradicionalmente local, con lo cual se
contribuiría a poner fin a la actual sumisión humillante de los gobernadores de provincia al poder presidencial.

8.-El dominio “originario” provincial y la distribución de los poderes impositivos

La legislación del Congreso de la Nación tendiente a establecer un impuesto a la tierra libre de mejoras uniforme en todo el territorio nacional podría ser visto por algunos juristas como una intromisión inaceptable en la autonomía de las provincias y los municipios. Particularmente relevante para este argumento contrario a este proyecto de ley sería el artículo 124 de la Constitución Nacional de 1994 que reza:  Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio
Existe en nuestro país una gran confusión sobre la interpretación de esta cláusula que, en realidad, es redundante. Para dilucidar el punto debemos puntualizar qué se entiende por dominio originario. Nada mejor al respecto que referir la cuestión a Dalmacio Vélez Sarsfield, quien fuera autor del Código Civil actual, Ministro de Hacienda en la Presidencia de Mitre y del Interior en la de Sarmiento, y sobre todo el primer profesor de Economía Política en la Universidad de Buenos Aires. Todo un gran maestro en el
Análisis Económico del Derecho. Escribía Vélez en la nota al Art.. 2507 del Código Civil:
Muchos autores dividen la propiedad en la propiedad soberana del Estado y en la propiedad del derecho civil, en otros términos, en dominio eminente y dominio civil. La Nación tiene el derecho de reglamentar las condiciones y las cargas públicas de la propiedad privada. El ser colectivo que se llama Estado tiene respecto de los bienes que están en su territorio, un poder, un derecho superior de legislación, de jurisdicción y de contribución, que aplicado a los inmuebles, no es otra cosa que una parte de la soberanía territorial interior. A este derecho del Estado, que no es un verdadero derecho de la propiedad o dominio, corresponde el deber de los propietarios de someter sus derechos a las restricciones necesarias al interés general, y de contribuir a los gastos necesarios a la existencia, o al mayor bien del Estado
Está claro que el “dominio originario” no es ni mas ni menos que el “dominio eminente” al que se refiere Vélez Sarsfield. Y si bien es cierto que las provincias tienen ese dominio eminente u originario, en gran medida lo han delegado en la Nación al aprobar la Constitución de 1853-60 y la de1994.
Ejemplo de esa delegación es la autorización del Art. 75 Inc. 12 al Congreso Nacional para dictar el Código Civil y el de Minería que precisamente tratan de los alcances de la propiedad civil lo cual es correlativo de la estricta prohibición a las provincias de ejercer el poder delegado a la Nación según reza el Art. 126, como dictar los códigos de fondo, establecer aduanas interprovinciales y otras. Para mayor redundancia, la Constitución vuelve a prohibir a las provincias establecer derechos aduaneros en el transcripto Art.75 inciso 1. Y además en el Art. 9 reitera que no habrá mas aduanas que las nacionales en las cuales regirán las tarifas que sancione el Congreso. El Art. 10 por su parte establece que el interior de la Republica es libre de derechos de circulación de los efectos de producción nacional, y libres también serán las mercancías de todas clases despachadas por las aduanas exteriores. La Constitución quita a las provincias también en los Arts. 11 y 12 el derecho a establecer peajes de tránsito a carruajes, buques y bestias en todo el territorio nacional. A mayor abundamiento establece en los Arts. 7 y 8 que el ciudadano de una provincia es ciudadano de las demás y que los procedimientos y actos públicos en una provincia hacen fe en las demás.
Todas estas normas tienden a crear un gran mercado nacional para promover el desarrollo económico. En efecto, la filosofía de estas normas está en la Economía Política de Adam Smith. En su libro la “Riqueza de las Naciones”19, el escocés estableció como uno de los grandes principios de la economía política con plena vigencia hoy día, que la productividad depende de la división del trabajo, y que la división del trabajo depende de la extensión del mercado. Alberdi, el diseñador de las grandes líneas de nuestra Constitución histórica conocía perfectamente la obra y la escuela de Adam Smith. Y luego de prodigar elogios sin par a este autor por ensalzar el valor del trabajo como fuente verdadera y última de la riqueza, dice sin medias tintas en su ya citado libro sobre el sistema económico y rentístico de la Constitución Argentina:
A esta escuela de libertad pertenece la doctrina económica de la Constitución Argentina y fuera de ella no se deben buscar comentarios ni medios auxiliares para la sanción del derecho orgánico de esta Constitución20.

9.-Conclusiones

Como consecuencia de las anteriores consideraciones queda claro que la reforma propuesta al sistema impositivo argentino que estableciendo un impuesto nacional del 2% anual al valor venal de las tierras urbanas y rurales libres de mejoras, tendría consecuencias sinérgicas importantes para el aumento de la producción agropecuaria, la expansión de la industria de la construcción, la creación de empleos, la mejora en la recaudación impositiva provincial, municipal y nacional. Además de promover la correspondencia fiscal, la reducción de la evasión y la justicia distributiva conjuntamente con la eficiencia económica.
Para cumplir estrictamente con las prescripciones constitucionales, la recaudación de este impuesto debe tener como asignación específica la financiación de la seguridad, la educación en las provincias y el alumbrado el barrido y la limpieza de los municipios y todas las demás funciones municipales
Para que el impuesto a la renta de la tierra libre de mejoras que propone esta ley no resulte en una sobrecarga insoportable para los contribuyentes, su pago debería ser considerado como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, y debería estar acompañado de la derogación del impuesto a los bienes
personales y del impuesto a la renta mínima presunta en cuanto a los inmuebles. De esta manera, la ley propuesta sería extremadamente conveniente para las provincias y municipalidades, pues reduciría de una manera formidable su sumisión y subordinación al gobierno nacional.
Beneficiaría también al Estado nacional porque ayudaría a la AFIP al control de la evasión en el impuesto a las ganancias, evasión que según estimaciones de la CEPAL alcanzaría al 49.6%. Sobre la base satelital, los registros catastrales de todo el país y con el apoyo del Consejo Federal del Catastro ya creado por Ley 26209, el Poder Ejecutivo nacional debería realizar el avalú “proporcionalmente igual en todo el territorio de la Nación” de las tierras libres de mejoras, y suministrar dicho avalúo las provincias y a la CABA. Para ello contarán con los informes de las inmobiliarias del lugar. En el caso de los predios rurales, el avalúo científico proporcionalmente igual efectuado por el Estado Nacional se propone que sea suplantado, a voluntad, por la autovaluación del contribuyente, pero en este caso, el Estado Nacional, o el provincial, o el municipal, podrían adquirir el inmueble al precio fijado por el avalúo privado del propietario, mas un 100%, a título de mejoras. Luego el Estado correspondiente procedería a su reventa por licitación a quienes deseen la tierra para trabajarla.
El impuesto a la renta de tierra libre de mejoras del 2% del valor venal debe ser recaudado por las provincias, como lo dispone el proyecto, fortaleciéndose así la llamada correspondencia fiscal. Este impuesto legislado como pago a cuenta de Ganancias podría ser la base para destrabar el impasse del articulo 75 Inc. 2 de la Constitución Nacional que prevé una casi imposible ley convenio entre la Nación y las provincias. Las provincias aplicarían la mitad, es decir el 1%, a la seguridad y a la educación, y el otro 1% lo coparticiparían a las municipalidades en carácter de impuesto-tasa única y exclusiva para solventar el alumbrado barrido, limpieza pavimentos y toda otra clase de servicios municipales.
La ley deroga la prohibición de indexar estipulada en la ley 23928 todavía vigente en este aspecto, y, además permite recrear la cédula hipotecaria como título nacional indexado con el índice variación salarial o el índice del costo de vida, el que sea menor, para financiar la vivienda y las mejoras sobre los
inmuebles en todo el país, así como la creación de empleos. De esta manera se brinda un instrumento de ahorro para frenar la sangría que representa la fuga de capitales por la vía de la compra de dólares por parte del público ahorrista. La misma ley además sanea el INDEC.

10.-El proyecto de ley

Artículo 1: Establécese un impuesto a la tierra libre de mejoras como contribución directa de acuerdo con lo establecido en el Art. 75 inciso 2 de la Constitución Nacional por un período de 50 años, el que será proporcionalmente igual en todo el territorio de la Nación. Este impuesto será recaudado por las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no será coparticipable en razón de tener dos
asignaciones específicas a saber: a) por la primera mitad a la financiación de la seguridad y la educación en las provincias donde se encuentre el predio y b) por la segunda mitad a las tareas de alumbrado barrido y limpieza y demás funciones de los municipios donde se encuentre el predio.

Artículo 2: La tasa del impuesto será del 2% uniforme e igual en todo el territorio de la Nación y se calculará sobre la base de un avalúo científico e igualitario que practicará el Estado Nacional sobre la base de los valores venales de todos los terrenos y tierras existentes en la Nación como si estuviesen libres de mejoras. EL avalúo se hará sobre base satelital con el apoyo de los registros catastrales de todo el país con el soporte del Consejo Federal del Catastro creado por Ley 26209. El Poder Ejecutivo nacional supervisará que el avalúo se realice “proporcionalmente igual en todo el territorio de la Nación” de las tierras como si estuviesen libres de mejoras, suministrará dicho avalúo las provincias y a la CABA que procederán a recaudar el impuesto de 2% en seis cuotas bimestrales de conformidad con los plazos establecidos en la presente ley.

Artículo 3: En el caso de los predios rurales, el avalúo científico proporcionalmente igual efectuado por el Estado Nacional podrá ser sustituido, a voluntad, por la autovaluación del contribuyente, la que constituirá una oferta de venta al Estado. En este supuesto, el Estado Nacional, o el provincial, o el municipal, podrían adquirir el inmueble al precio fijado por el avalúo privado del propietario, mas un 100%, a título de mejoras, pagando todo al contado antes de tomar posesión del inmueble. Luego el Estado correspondiente procederá a su reventa por licitación a quienes deseen la tierra para trabajarla.

Artículo 4: Al practicar la valuación de cada predio no se tendrán en cuenta las construcciones o mejoras establecidas adentro del mismo, aunque sí los caminos, parques, plazas, monumentos, jardines y construcciones fuera del mismo, así sea que tiendan a aumentar, o a disminuir su valor.

Artículo 5: Se exceptúan de este impuesto el valor de las propiedades del Estado Nacional, provincial o municipales y los espacios correspondientes al dominio público, así como los destinados culto y a las legaciones de Estados extranjeros. Podrán obtener una exención de este impuesto al valor de la tierra libre de mejoras los establecimientos educativos privados construidos sobre ellos siempre que en cada caso sean autorizados por el Ministerio de Educación de la Nación, o los de las Provincias donde estén situados. En este caso los Estados nacional y/o provinciales se asegurarán que una alta proporción de los docentes sea de dedicación exclusiva con sueldos acordes a la dignidad de los docentes y los investigadores

Artículo 6: También podrán ser eximidos del pago de este impuesto los valores de los terrenos libres de mejoras donde estén ubicados edificios históricos y aquellos que contribuyan por su belleza arquitectónica y diseño ejemplar al mejoramiento cultural y estético de la ciudad donde se encuentren. En estos casos, la autoridad competente para otorgar la excepción serán los gobernadores de provincia y en su caso el jefe de gobierno de la CABA con el asesoramiento del intendente y de las áreas de cultura y
turismo de la provincia y la ciudad en forma conjunta.

Artículo 7: Son contribuyentes de este impuesto:
a)Las personas físicas o jurídicas privadas domiciliadas en el país y la sucesiones indivisas radicadas en el mismo por la propiedad de los predios situados en el país b)Las personas físicas o jurídicas privadas domiciliadas en el exterior y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por la propiedad de los predios situados en el país

Artículo 8: Las personas físicas o jurídicas contribuyentes de este impuesto podrán considerarlo como pago a cuenta del impuesto nacional a las ganancias. Si el contribuyente no paga impuesto a las ganancias, o paga un monto inferior al impuesto al valor de la tierra libre de mejoras establecido en esta ley, podrá obtener un crédito fiscal contra la DGI, y reclamar el reintegro del Estado Nacional por lo pagado por este impuesto a la provincia respectiva

Artículo 9: Los municipios donde se encuentren los predios gravados con este impuesto recibirán de los fiscos provinciales a título de coparticipación el 1% del valor venal de los mismos por año en 6 cuotas, luego de su aceptación del sistema previsto en la presente ley. Al adherir a este sistema, como contrapartida, los municipios no podrán gravar los predios ni sus mejoras con otros impuestos o tasas de cualquier naturaleza ni establecer cualquier otra clase de tributos sobre los mismos.

Artículo 10: El impuesto a los bienes personales y el impuesto a la ganancia mínima presunta establecidos en las leyes 23966 y 25063 no serán de aplicación a los inmuebles, luego de que el régimen fiscal establecido en la presente ley sea aprobado por la correspondiente legislatura provincial, o la de la CABA y por los municipios respectivos.

Artículo 11: El Poder Ejecutivo Nacional tendrá el plazo de un año para llamar a licitación pública internacional con el objeto de establecer un sistema de valuación científica de los predios de la República. La tecnología y metodología serán transferidos a la Dirección Nacional de Catastro cuyos funcionarios deberán estar en condiciones de mantener los registros de los avalúos permanentemente actualizados y en permanente consulta con las empresas inmobiliarias del lugar.

Artículo 12: Las provincias y la CABA deberán adherir a esta ley por medio de sus legislaturas para su puesta en vigencia en sus respectivos territorios. Esta adhesión es la condición necesaria para que sus contribuyentes tengan el derecho de computar como “pago a cuenta” del impuesto a las ganancias nacional, lo pagado en concepto de impuesto a la tierra libre de mejoras en su distrito. Es también condición necesaria para que tenga vigencia la exención de los tributos sobre los bienes personales y la
ganancia mínima presunta en el respectivo distrito. En la misma ley de adhesión, las provincias y la CABA deberán además derogar los impuestos inmobiliarios locales, y condicionar el envío a sus municipios del producido de la coparticipación de este impuesto, a que estos deroguen a su vez previamente todo impuesto municipal sobre la tierra y sus mejoras, aunque sea a título de tasas por alumbrado, barrido, limpieza y otros conceptos.

Artículo 13: El sistema de impuesto a la tierra libre de mejoras establecido en la presente ley comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2016 en las provincias y municipalidades que acepten el sistema. Hasta tanto no se verifique esta doble aceptación, los beneficios del pago a cuenta del impuesto a las ganancias y el de la exención del impuesto a los bienes personales no serán de aplicación en las jurisdicciones respectivas.

Artículo 14: Derógase la prohibición de indexar establecida en el artículo 7 de la ley 23928 y el concordante de la ley 25561. El INDEC pasará a depender del Congreso de la Nación y la metodología aplicada para el cálculo de sus índices de precios deberá ceñirse a los estándares internacionales aprobados por el Fondo Monetario Internacional.

Artículo 15: De forma


 1Ricardo, David, Principles of Political Economy and Taxation, Capitulo X, párrafo 62. Incidentalmente, el padre de la Economia Política, Adam Smith, ya en el Libro V Capítulo 2 de la Riqueza de las Naciones de 1776, parece favorecer el impuesto a la renta de la tierra y hace referencias a la “ingeniosa teoría” de los fisiócratas franceses al respecto.


2 George, H., Progress and Poverty, New York, Schalkenbach Foundation, 1929.

3 G. Sandler, N Arbelo y P. Abelenda, PEESPA, Un modelo de desarrollo urbano para la Ciudad de Buenos Aires, 2012. En esta ciudad estado-cuasi provincia se demuestra que quitando los espacios públicos, iglesias y clubes sería posible, con una tasa del 2%, recaudar el equivalente de unos 30 mil millones de dólares, cifra que supera a todo el presupuesto de gastos de la ciudad.

4 Cárcano, M., La evolución histórica del régimen de la tierra pública, Buenos Aires, Eudeba, 1972. de Tomaso, A. "Los impuestos a la valorización de la tierra", Revista de Ciencias Económicas, (14-15), Buenos Aires, 1914. Máspero, A., "Generalidades del impuesto único", Revista de Ciencias Económicas, (31-32), Buenos Aires 1916. Audino, Patricia, La influencia de las ideas económicas en las políticas de la Argentina de principios de siglo XX. Departamento de Economía, Universidad Nacional del Sur, 2004

5 Sandler, Héctor Raúl, A la búsqueda del tesoro perdido, ICE, Buenos Aires, 2008. Incidentalmente, el autor agradece los valiosos y sesudos comentarios efectuados por el Dr. Sandler a este ensayo y proyecto de ley. También cabe destacar que la insistente prédica del Dr Sandler a favor de la idea georgista fue para mi motivo de inspiración para redactar este artículo y proyecto de ley. Scornik Gerstein, Fernando, Tenencia de la tierra para una sociedad mas justa, ICE, Buenos Aires, 2007

6 Lamas, Andrés, La legislación agraria de Bernardino Rivadavia, Buenos Aires, 1922


7http://web.archive.org/web/20011217193137/home.vicnet.net.au/~earthshr/winston.html

8 Musgrave, Richard and Peggy, “Public Finance in Theory and Practice”, MacGraw Hill, N.Y, 1984, pag. 295; Stiglitz, Joseph, “The Economics of the Public Sector”, Norton, N.Y, 1986, pag. 575; Lewis, Stephen, “Taxation for Development” Oxford University Press, N.Y, 1984 pag. 165; Nuñez Miñana, Horacio, Finanzas Públicas, Ediciones Macchi, 1998, Pag. 237.

9 Musgrave, Op. Cit. Pags. 321, 475, 413

10 CEPAL, Serie Macroeconomía del Desarrollo Número 84, La Imposición en la Argentina: un Análisis de la Imposición a la renta, a los patrimonios y otros tributos considerados directos por Oscar Cetrángolo y Juan C. Gómez Sabaini, Pag. 13

11 CEPAL. Op.Cit. Pag 14


12 Cord, Steven “Catalyst. How a Reform of the Property Tax Can Revitalize Our Cities and Counter Inflation and Recession”, Penn, 1979

13 CEPAL, Op.Cit. Informa que el 84% de la recaudación del impuesto inmobiliario corresponde a cinco jurisdicciones a saber: Provincia de Buenos Aires, CABA, Santa Fe, Córdoba y Mendoza. Las restantes 19 provincias solamente recaudan el 16%

14 En diciembre del 2006 se sancionó la Ley Nacional de Catastro bajo el número 26.209, para modernizar la situación catastral de todo el país y la creación del nuevo Consejo Federal del Catastro, el que estará integrado por todos los catastros de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta institución podría servir de base para reforma que se propone en este estudio

15 Ver Laura, Guillermo y Riva, Ergasto,“La Moneda Virtual” en www.metas.org.ar

16 Alberdi, Juan Bautista, El Sistema Económico y Rentístico de la Confederación Argentina según su Constitución de 1953”en Obras Completas, tomo 4, Edición La Tribuna Nacional, Buenos Aires 1886. Pag. 416

17 Jarach, Dino, Curso Superior de Derecho Tributario, Tomo I, Pag. 56, Editorial CIMA, 1957
 
18 CEPAL, Op.Cit. Pag. 38

19 Smith Adam, La Riqueza de las Naciones, 1776, Edición FCE, Pags. 8, 9 y12

20 Alberdi J.B., Op. Cit. Pags. 147 y 148

domingo, 2 de junio de 2013

"El Espíritu del Derecho Romano como Fuente de Desigualdad, Improductividad, Corrupción, Violencia y Genocidio". Por Guillermo Andreau

Invitado por el Seminario Interdisciplinario Permanente "LA DESIGUALDAD SOCIAL EN LA ARGENTINA ACTUAL. Origen , causas , prospectivas y propuestas"

Instituto de Investigaciones "Ambrosio Gioja" Salón Avellaneda Facultad de Derecho U.B.A.
30 de abril de 2013 15:00 hs.
PRESENTACION CON AUDIO http://prezi.com/tavf6n5w3pyb/derecho-desigualdad-y-violencia/

miércoles, 1 de mayo de 2013

1 de Mayo "DIA DEL TRABAJO ESCLAVO Y DE LA CONSTITUCIÓN DE 1853"



La Revolución de Mayo y su Constitución de 1853 se inspiran en la doctrina salmantina "el fruto del trabajo de los súbditos es propiedad privada"... "la intervención del soberano en la propiedad privada del súbdito - mediante impuestos - sin su consentimiento, es tiranía" "Es deber del buen Cristiano matar al Rey tiránico"... Juan de Mariana 1599 "Sobre el Rey y la institución real"

El Código Civil romanista invirtió este principio de orden para que el gobierno pueda atacar al salario con 92 impuestos al que trabaja, produce y consume y permitir la privatización del valor creado por la sociedad llamado renta que se manifiesta en el aumento del valor de la Tierra.
Fue el final de la Noble igualdad, de la libertad y de la fraternidad para triunfo de una sociedad jerárquica de clases, esclavista y enfrentado en una guerra civil intermitente.

Vergonzosamente nuestros Constitucionalistas han organizado en estos días un seminario "Vigencia de la Constitución Nacional" donde vinculan el desastre político, social, económico y cultural a la vigencia de la Constitución, con lo cual le dan pie a los abogados Hegelianos a que avancen en una peligrosa, perversa y radical Reforma Constitucional.

"El derecho romano -introducido en el Art. 2503 por la Constitución civil- degradará el trabajo hasta hacerlo digno del esclavo y realzará el robo y el latrocinio político como fuente genuina de la propiedad"  Juan Bautista Alberdi
Para poner fin a la reinante desigualdad, improductividad, corrupción y violencia debemos restituir el espíritu del derecho enfitéutico -derogado en el propio articulo 2503 C.C.- y la reconstrucción de su sistema económico y rentístico para volver a los principios fundadores de la Revolución de Mayo inspirados en DIOS - Levítico 25:23- fuente de toda razón y justicia.