lunes, 30 de noviembre de 2020

Antonio Margariti Memoriam

Nos dejo un gran intelectual que supo evitar el Sindrome de Solomon Asch dominante en los ambientes academicos que mantiene el "status quo"  impidiendo que salgamos de la trampa.

Gracias Antonio por todos tus importantes aportes a contribuir a recuperer el rumbo perdido.



Van sus ultimos mails animandome a seguir adelante.

GRACIAS GUILLERMO SOS UN CRUZADO MODERNO 
COMO RICARDO “CORAZON DE LEÓN”

Un abrazo

ANTONIO I. MARGARITI



Estimado amigo GUILLERMO ANDREAU

Veo con sumo agrado tus frecuentes referencias a la Escuela de Salamanca

Y por eso te envío un trabajo que oportunamente envié a algunos obispos

Argentinos extrañando la ignorancia del Episcopado por semejante riqueza

De pensamiento científico.

Espero que te sirva y puede editarse en 2 partes.

Un fuerte abrazo

ANTONIO I. MARGARITI

Estimado Guillermo.

Gracias por sus esclarecedores trabajos de distinción

entre el derecho romano y el derecho consuetudinario.

El 1° se basa en la “voluntad de poder” y el 2° se apoya

en la “precedencia del derecho natural”.

Emocionante su constante homenaje al  patriota y

Hombre (we  too) más injustamente olvidado de Argenta:

JUAN BAUTISTA ALBERDI, murió muy pobre, lo encontraron

en la cama en París, cubierto el pecho con papel de

periódicos para protegerse del frío.     

 

 Mientras nos  entretenemos  con la necia retórica duranbarbista de la “Grieta”,

  no alcanzamos a ver la dialéctica de 2 fuerzas   contrapuestas:

  a) LA OPOSICIÓN: intención destructiva como los bárbaros  a la puerta de casa

  b) EL GOBIERNO:  bizantina y fatua actitud de debatir cosas superficiales.

  Más que candidatos es imperioso  exigir ideas sobre la Reforma de estructuras. 

  Estamos como en  la caída de Constantinopla:

  “Imperatoris  disputat sexus angelorum; barbari autem in porta”  


Querido amigo platense, Guillermo Andreau

Poder encontrar un amigo  es tarea muy ardua.

Si ese amigo es un luchador por la libertad, es una gloria.

Si se trata de Guillermo Andreau es un honor.

Realmente, su sapiencia me ha sorprendido y ha renovado

en mí la esperanza de que nada está perdido y que es

posible el Renacimiento de la Argentina. Todavía hay

reservas morales y capacidades potenciales que algún

día podrán eclosionar como la simiente en primavera.

Para su esparcimiento en momentos de insomnio

Le envío algunos trabajos.

 

Muchas gracias por ser como es.

Cordialmente

Antonio I. Margariti

margariti@tower.com.ar

IMPUESTOS: COMPORTAMIENTO SUICIDA, que empuja al mal y a la muerte.

 PROPUESTA PARA LA GRAN CUESTIÓN SOCIAL ARGENTINA Hector Sandler, Derecho, UBA



La legislacion positiva  establecida por sucesivos gobiernos ha impedido el cumplimiento del mandato fundamental proclamado en el Preambulo de nuestra Constitución que nos ordena hasta el dia de hoy  “constituir la unión nacional para nosotros , para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quiera habitar el suelo argentino” . La “unión nacional” ha sido obstaculizada de modo  creciente por los variados y múltiples “conflictos sociales permanentes” generados en dos ramas de la ley positiva, Estos son

I. 1870. EL TIPO DE DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA TIERRA ESTABLECIDO  POR EL CODIGO CIVIL APROBADO EN 1870, vigente a la fecha en la materia que paso a explicar.  Establecio  como “sistema de acceso a la tierra” para vivir y trabajar “al puro Derecho de los Romanos” (Ver nota a lart.2505). Por este derecho positivo quien “compra un lote de tierra” (en el campo y en la ciudad) adquiere 2 derechos muy distintosa) uno  correcto: el derecho a  poseer tierra  para vivir y trabajar y b) Otro incorrecto: el derecho  a apropiarse para sí del CRECIENTE VALOR MONETARIO  del lote de tierra en propiedad . Este valor se expresa en su precio de mercado en moneda estable. Su singularidad consiste en que no es fruto del trabajo e inversión de su propietario sino de la “demanda social”.  En otras palabras es un ”valor social”. Lo causa el aumento de la población, el incremento de la demanda por ese lote para la inversión de capital y trabajo, la inventiva individual y social, etc.   (de trabajo y capital).

Este aumento del “valor social de la tierra” es bueno si el derecho positivo  lo trata y regula como “capital social” , base primera del “tesoro público”  para solventar el “gasto publico”.  Este sistema  fue propuesto tras la Revolución de Mayo (Ley de Enfiteusis de 1826) y en los 1830  apoyado  por varios patriotas, en la Asociacion de Mayo presidida por Esteban Echeverria.

Los intereses ya entonces creados infuyeron para establecer ese “derecho roomano” en nuestro  Codigo Civil y sepultaron aquel ideal  recogido en el  mandato constitucional.. El radical defecto (hacer del propetario beneficiario del aumento del “valor social de la tierra”) quedo oculto bajo el “brillante progreso” del primer medio siglo de vigencia del Codigo: 1870/1930. Sin embargo no faltaron fracturas sociales semejantes a las de la Antigua Roma: estalidos sociales en 1890, 1904,1907,1912, 1919, 1922 y 1930.

II. 1932. EL REGIMEN DE IMPUESTOS ESTABLECIDO DESDE 1932La Ley de Impuesto “a los Reditos fue dictada en 1932 por 3 años. Fue  "ley provisoria....para siempre”. Tras ser prorrogada al, vencer los 3 años una y otra vez fue prorrogada generando la actual “maraña impositiva”. Hoy la integran  mas de 170 leyes de impuestos cuyo  “principio antisocial” reza asi: “Trabaja y seras castigado; produce y seras penado; consume y seras expoliado”. La ocurrencia del actual Congreso es aumentar mas este destructivo sisterma legal.

III. 1943.  LA FALSA SOLUCION INICIADA EN 1943La desigualdad social interna  y el vendaval internacional favorable a las “economías centralmente planificadas por el Estado” concurrieron para que desde el 4 de junio de 1943 al 4 de junio de 1946 se dictaron nada menos que 17.000 decretos leyes. “Esta “revolución legal”  cambió  el tipo de “orden económico argentino”. Del tipo “economia de mercado” se paso al tipo “economía centralmente dirigida por el gobierno nacional”. Con variados matices y accidentes, este “tipo de orden” subiste desde entonces hasta el dia de hoy. Su fracaso esta a la vista: un país en imparable decadencia.

IV. ¿PARA CUANDO LA SOLUCION PARA RECOBRAR LA PROSPERIDAD GENERAL?  Las instituciones legales vigentes  descriptas en I y II  forman una PINZA MORTAL: a) la mordaza desde abajo (creciente valor de la tierra , sólo en beneficio del propietario)  b) la mordaza desde arriba (creciente presión impositiva a la producción y al consumo) en contra de todos y cada uno y del pais.

ESTA ES LA GRAN CUESTIÓN DE LA QUE NADIE HABLA:  eliminar esta “pinza” que ha frustrado los fines de nuestra Constitucion y provocado la decadencia actual de nuestra patria.

¿Que reformas llevar a cabo? Eliminar impuestos y en su lugar formar la base del  tesoro público con la recaudación de la renta del suelo. Una gesta  indispensable para la liberación del trabajo, el ahorro y la inversión. Se trata de establecer    la base legal económica  que sirva al ideario Constitucional para una sociedad  justa y democrática  con libertad y el continuo  progreso social .

Sobre la viabilidad de este cambio, ofrecemos información en el libro  de nuestra autoria y el profesor Guillermo Sandler titulado  PROGRESO ECONÓMICO CON JUSTICIA SOCIAL. MAS RECURSOS PÚBLICOS CON MENOS IMPUESTOS, Editorial Prosa, Buenos Aires