jueves, 30 de agosto de 2012

HOMENAJE A ALBERDI EN EL DIA DEL ABOGADO



Hector Raul Sandler, Profesor Consulto, Derecho, UBA

29 de Agosto, natalicio de Juan Bautista Alberdi, DIA DEL ABOGADO

Haber elegido el natalicio de Juan Bautista Alberdi como “Día del Abogado”  fue un acierto y un acto de justicia.  Porque Alberdi, como jurista cabal,  contemplaba y comprendía al Derecho como algo sustantivo de y para  la vida social.  Palpando la compleja realidad de lo material e inspirado en  los ideales de libertad individual, igualdad de trato y fraternidad social , imagino y expuso las “bases” para nuestra Constitución Nacional..
Dotado de especiales condiciones éticas y estéticas y experto abogado en la vida profesional,   reconoció la grave importancia del Derecho como orden legal destinado, de modo supletorio,  a satisfacer  la ineludible  necesidad  humana de ordenar la sociedad, sin la cual la vida individual no es posible.
Como compañero de ideales y proyectos de Esteban Echeverria,  miembros ambos  de la generación de 1837, no solo puso en acción su genio en la tarea de fundar y diseñar las “bases” para la Constitución ausente,  sino que de modo inmediato  a  su promulgación en 1854 – para orientar y ajustar “a derecho” el trabajo de los novatos legisladores,   se aplico a explicar cual era  el “Sistema Económico y Rentístico” que procuraba constituir esta carta magna. Es de lamentar que un hoy los estudiosos de las ciencias sociales – incluyendo los juristas – no lleguen a captar el profundo sentido de cada una de los términos (términos y no palabras)  del título de este tratado de ciencia política, jurídica y económica. Por principio es claro que al usar el término  “sistema” advierte desde el título mismo que expondrá acerca de “órdenes económicos”  precisos y determinados, a los cuales los futuros legisladores se han de ajustar. Nos previene deben ajustarse a  la Constitución como base legal para forjar una republica federal y democrática de hombres libres. Las futuras leyes que se ocupen de la economía no podrán estar  a meced de la voluntariedad del legislador  ni atender a egoístas  intereses individuales o de grupos en pugna.  Las futuras leyes positivas habrán de ser  “consecuentes ” con  la Constitución :   medios normativos para los fines económicos,  sociales,  políticos y culturales  puestos en existencia por la Carta Magna. 
De dos áreas distintas y contradictorias, pero inseparables, se ocupa el Sistema. Una parte describe y explica el tipo de “economía social” ordenado por la Constitución. Ella manda a constituir un orden  animada por la iniciativa y actividad privada en la producción de riqueza, basado en el trabajo libre y la propiedad particular de lo producido. La  dirección de los procesos de producción  se han  de confiar a los mercados formados por la libre concurrencia de la oferta y la demanda..   
El otro orden económico al que el titulo del libro se refiere  es la cuestión de los recursos dinerarios  necesarios para afrontar el gasto público.  A este asunto a fines del siglo XX  se le ha dado el nombre de “economía pública”, cuyo agente no son los particulares sino el Gobierno.  
El empleo de la expresión “sistema rentístico” (considerando el lenguaje técnico de la época) habla a las claras que base se tiene para obtener el principal  recurso para el Estado. Se trata de  “renta”. Para entonces era una palabra técnica y se refería a la renta ricardiana o sea la plus valia de la tierra por obra de la demanda.  Ella ha sido mal nombrada  a comienzos del siglo XX en ingles con la frase “land tax” (mal nombrada porque la recaudación de la renta por el Estado no es un impuesto). Mas adelante, entre nosotros,  se la denomnó “impuesto a la tierra libre de mejoras”.
En las Bases escribió Alberdi su lema central Gobernar es poblar” , Incumplido a la fecha y para peor incumplible , por no haberse ajustado la legislación (tanto en materia de recursos como de gasto publico) a lo explicado por Alberdi.
Fuertes fueron sus críticas al estatismo atribuido a la herencia colonial hispana, principal barrera, en su opinión, al progreso de la América independiente. Hoy ese estatismo y centralización estatal de la economía ya no se debe a aquella herencia, sino a la ignorancia y al desprecio generado hacia la Constitución comenzó a manifestarse en en 1869  con un Código Civil que trajo a nosotros en antiguo  derecho romano de propiedad sobre la tierra. Se completo la burla a la Constitución   de 1853 con el establecimiento  en 1932 de un régimen de exacciones impositivas que impiden la producción, dejan exhausto al consumo  y en la miseria la mayoría de la población. Para colmo es la mas efectiva barrera al cumplimiento de la consigna “gobernar es poblar”
El que no cree en la libertad como fuente de riqueza, ni merece ser libre, ni sabe ser rico, escribía Alberdi. A lo que agregaba: “La Constitución que se han dado los pueblos argentinos es un criadero de oro y plata. Cada libertad es una boca mina, cada garantía es un venero. Estas son figuras de retórica para el vulgo, pero es geometría práctica para hombres como Adam Smith.
Para alentar el necesario sacrificio para pasar de la pobreza al bienestar aconsejaba “Llevad con orgullo, argentinos, vuestra pobreza de un día; llevadla con esa satisfacción del minero que se para andrajoso y altivo sobre sus palacios de plata sepultados en la montaña, porque sabe que sus harapos de hoy serán reemplazados mañana por las telas de Cachemira y de Sedán. - La Constitución es un título de propiedad que os llama al goce de una opulencia de mañana. El que no sabe ser pobre a su tiempo, no sabe ser libre, porque no sabe ser rico”.
Hoy necesitamos revivir el alma, el espíritu y el coraje de Alberdi. En particular deben ocuparse de ese revivir aquellos que crean, usan y aplican el Derecho. Para ellos reproduzco este pensamiento de profesor Arturo Orgaz:
 “El abogado tiene ante sí la posibilidad de ejercer la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios. La más noble de las profesiones, por que el más  profundo sentido de su  actuar consiste en  concretar la Justicia en este mundo terreno.
Pero pasa a ser el más vil de los oficios cuando la abogacía se estudia y practica procurando o tolerando que subsista  la injusticia” 
                                                                                  Buenos Aires, agosto 29 del 2012

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