miércoles, 19 de septiembre de 2018

Sobre la Causa del Fracaso de la Democracia -o el Éxito del Fascismo y la Corrupción de la Democracia-

"Los populismos han crecido orgánicamente a partir de una democracia podrida, y la podredumbre de la democracia es la consecuencia natural de las condiciones económicas desiguales; y las condiciones económicas desiguales en todo el mundo son debidas a la apropiación privada de la renta de la tierra. Por lo tanto, cada país que acepte este régimen legal, es potencialmente un país fascista" parcialmente robado al periodista austríaco Bruno Heilig *

PROPUESTAS  PARA EL PROGRESO ARGENTINO TRAS  LA LECTURA DE CARL SCHMITT Y CONTEMPLACIÓN DE NUESTRA REALIDAD

Hector Sandler, Profesor Consulto, Derecho, UBA

INTROITO: El amigo Guillermo Andreau me ha demandado una breve explicación sobre la obra del Carl Schmitt, en particular sobre sus conceptos sobre la tierra como fundamento de la vida humana. La tenaz e inquebrantable labor de Guillermo merece contestarle lo más breve y claramente posible. Ojalá que las palabras que he borroneado sean de utilidad para el y los ideales a los cuales denodadamente sirve.

1.    “La tierra es la madre del Derecho”, sostuvo el jurista alemán Carl Schmitt. En su libro   EL NOMOS DE LA TIERRA. En el Derecho de Gentes del Jus publicum europaeum (Ed. Struhart & Cía, CABA, 2005) expone y desmenuza la más radical cuestión social  humana: las repetidas etapas que se cumplen, una y otra vez en cada pueblo procurando establecer y restablecer  las relaciones de sus miembros con la tierra.   De su vasta obra  elegimos la nombrada para  exponer su pensamiento central y reflexionar sobre posibles soluciones a nuestro principal problema social: facilitar el acceso a la tierra y aumentar, a la vez, los ingresos para el gasto público.
2.    En toda sociedad humana – desde la más pequeña a la más grande -  han acontecido en su pasado y no cesan de acontecer en la vida presente procesos para establecer, regular y mantener la ineludible relación de los seres humanos con la “tierra”.
3.    Los hechos materiales  históricamente dados con los que ese proceso se cumple son, han sido y serán harto variados para cada sociedad en su historia.   No obstante esa gran variedad fáctica la relación de cada sociedad y sus miembros con la tierra muestra notables variaciones, pero todas a través de una secuencia de  tres momentos secuenciales. Estos son: 1º)  el momento de la “apropiación” de la tierra que ocupará cierta  sociedad humana (determinación de su territorio); 2º) Le sigue el momento de la “partición” del territorio, la tierra lograda por la acción del todo formado por diferentes   gentes, en el sentido romano de la palabra. 3º) Cumplida la etapa de “partición” le sigue la del “apacentamiento”. La deseada etapa supuestamente final para usar y laborar la tierra.  Primero ocupada como un “todo” para todos y luego “repartida” entre los miembros del todo. Esto según ciertas normas legales. La palabra  “apacentamiento” usado para nombrar a esta etapa final (final, pero no definitiva) es tomado del verbo “apacentar” en cuanto alude al más primitivo trabajo humano: el de cuidar y pastorear al ganado.
4.     Estos  procesos  de ocupación del “territorio” (tierra)   por el “todo” (sociedad) y su posterior distribución en “lotes” (para usar una palabra  actual) entre los “miembros del todo”,  rematan en doble necesidad: establecer mediante el Derecho un  nuevo orden económico dentro del cual y conforme al cual se darán los procesos sociales y económicos.   
5.    Los tres “momentos”  son presentados por Carl Schmitt como un esquema formalmente constante de acceso a la tierra.  Han sido, son y serán  ineludibles para de toda  sociedad  humana. La “cuestión del acceso a la tierra” es el problema más radical del hombre en este mundo terreno.
6.    Como etapas formales se han dado y repetido en cada pueblo por pequeño que fuere y por vasta que haya sido la sociedad que cada pueblo haya logrado constituir. Fue cuestión tan radical  en el  pequeño el Antiguo Israel  como en el asombroso extenso Imperio Romano. Desde el punto de vista material, lo históricamente acontecido para cada sociedad  y en cada tiempo de su existencia y su secuencia, se ha expresado y expresa en los más variados y  dramáticos hechos y contenidos. Mutaciones en los hechos han sido variadísimas:  pero esta diversidad  no altera la secuencia “apropiación > partición > apacentamiento”
7.    Estas etapas no son “tipos ideales” en sentido de “conceptos creados por el pensamiento” (Max Weber),  sino de “tipos reales”,  modos de ser  la cosa real (Walter Eucken).  Por ello es menester conocerlas en profundidad tal como se dan en los hechos,  en lugar de ignorarlas u ocultarlas con dichos y teorías al servicio de buenos o malos intereses establecidos.  No ha sido ni es sencillo dar con lo humanamente necesario.   La “historia social de la humanidad” muestra la dificultad en lograr lo correcto; pero también que es necesario actuar para que lo correcto sea posible.
8.    El libro que comentamos en forma harto breve remata en candentes preguntas, válidas para todo el mundo actual, pero de modo muy especial para nosotros, los argentinos. Se pregunta: “¿Se han apropiado ya realmente, hoy, los hombres del territorio de su planeta como una unidad”? ¿Ha llegado realmente a su fin el proceso de apropiación (de la tierra) y cabe ya solo efectivamente repartir y distribuirla?  Feroces guerras han ocurrido en la primera mitad del Siglo XX. Desde cierto punto de vista  fueron violentas “tomas de tierra” con múltiples  consecuencias. ¿A la vista de los graves conflictos que le han seguido y siguen en la actualidad – en plena  etapa de “globalización” -  puede afirmarse  que la “cuestión de la tierra”, entendida según los conceptos de Carl Schmitt, ha quedado resuelta y que las gente del mundo entero ya pueden dedicarse  a “apacentar”?                       
9.    En cuanto a nosotros, con el solo fin de apreciar el asunto en su justa medida, digamos que la “cuestión de la tierra”, resuelta tras la Organización Nacional con el Código Civil,  lejos de quedar resuelta se nos presenta hoy de manera harto preocupante. A la luz de muchos y frecuentes hechos hay síntomas claros de fractura del statu quo. Desde hace décadas ruidos y conflictos revelan gran agitación social   cuando debiera haber sido de  “apacentamiento”, en el esquema  de tres etapas de  Carl Schmitt. Tras  la apropiación  y la partición  llevada a cabo por el Código Civil de 1870,  nuestro país debió  haber vivido y disfrutado en “santa paz” la etapa del “apacentamiento”, para de sus habitantes  y para “todos los hombres del mundo que quisieran habitar el suelo argentino”. Como lo ordena la Constitución. No ha sido así.
10.                       ¿Cuáles  normas  del orden legal establecido para acceder a la tierra han  impedido que se lograra en forma normal que todos alcanzaran la “tierra prometida por la Constitución?  No ha sido éste el estado de cosas resultante del actual  sistema legal de acceso a la tierra y el destino de la renta que sobre ella crece, manifiesto en su precio de mercado.  Alquileres urbanos imposibles de pagar con ingresos por salarios, precio pagado por el suelo que deja al comprador  sin capital para construir vivienda propia, hacinamiento en “conventillos” primero y “casas tomadas” poco tiempo después,  incremento de  “tomas de tierra” por cientos de familias para establecerse en ranchos  precarios, propagación a lo largo y ancho del país de  “villas miseria” son efectos a la vista que el hombre de Derecho debe aclarar y explicar. Porque todo ello deviene del Derecho positivo dictado para la sociedad que se asentó sobre su territorio.
11.                      Es probable que estos “desarreglos sociales” causados por el orden legal establecido hayan provocado reformas constitucionales como la del art. 75, inc.17. Obsérvese que esta nueva norma  acepta restablecer la “apropiación” de tierra para algunas gentes. Un retroceso en el país soñado por la Revolución de Mayo.  ¿ En que medida esta rara innovación podrá lidiar contra conflictos como inflación monetaria, los insuficientes salarios para la mayoría de los trabajadores, el bajo rendimiento cuando no nula inversión de capital real y la degradación crónica del sistema monetario? Todos estos desarreglos tienen raíz en el sistema de ”partición” de la tierra y el destino privado de la renta del suelo. Ambos  establecidos por el Derecho positivo.  
12.                      Pensamos  que la lectura de la obra de Schmitt ofrece provechosos puntos de vista para comprender nuestra problemática realidad social  y su extraña evolución a pesar de  los mandatos de la Constitución nacional 1853/60. Según Schmitt,  la etapa fundacional (la de la “apropiación”)  , pese a su radical importancia o quizá y precisamente por la radical importancia que tiene para la siguiente constitucion real de la sociedad ,  sufre un extraño olvido por parte de la sociedad.  Acabada que fuere la etapa fundacional y entrada la sociedad en el proceso posterior de la “partición de tierras” , aquella inicial y origen de ésta son  soterrados en lo más hondo y oscuro de conciencia social. Ese asentamiento primigenio es callado y desterrado de la memoria colectiva. El “estado de cosas resultante” es tenido por  normal . Y en cierta medida lo es, pues se ajusta a  aquellas normas fundacionales hoy olvidadas . La partición queda condicionada por  aquella “apropiación”. Si esta ha sido mala, aquella será peor.  
13.                      Nuestro caso, el caso  argentino , es ejemplar en esta materia. El Codigo Civil establece  el derecho positivo de acceso y uso de la tierra. De toda la tierra, rural y urbana . Nadie se pregunta sobre la “propiedad originaria”. Se procede cada dia a la “partición de la tierra”  con total ignorancia y olvido de la primigenia etapa de la “apropiación”. Ignorancia grave porque el Derecho positivo para la “partición”  de tierras no tuvo por fuente a la Constitiucion sino al Derecho Romano de Propiedad sobre la tierra y su renta. Y el hueso de este derecho consistió en causar una summa divisio social: entre los pocos  “patricios” dueños de la tierra y su renta por un lado y por el otro lado los sin tierra; esto es todos los demás. Los “sin tierra” eran y son muy  diferentes entre si ; pero quedan igualados en una  condición: ser plebe (pueblo)  los “sin tierra”. No cambia esta estructura constitutiva de la sociedad que muchos de la plebe pudieran y puedan por compra adquirir para si tierras. No podía cambiarla porque naturalmente el número de los llegados a nuestro mundo (inmigrantes y nacidos) no solo era y es superior a los que podían hacerse de tierra, con el agravante  que por su sola llegada a este mundo, nuestra tierra, aumentan los precios de la tierra. Bajo el derecho positivo del Codigo Civil  ya al final del primer tercio del siglo XCX, “poblar con inmigrantes” dejo de ser  criterio de buen gobierno.
14.                      Desde la mitad del pasado siglo hasta hoy  la Constitucion en materia de  “igual derecho de acceso a la tierra para todos”  paso a ser un bello documento.   Bello, pero ineficaz. Fue privada de eficacia por la maraña de leyes supuestamente dictadas para poner en vigencia los derechos que promete.
15.                      Querer que nuestro país se constituya conforme a principios de libertad, igualdad y fraternidad , exige la reforma en del actual sistema legal impositivo. De modo básico, que la renta que sobre la tierra crece por causa del desarrollo social, sea destinada a formar el tesoro público. Adoptar esta política pública  importará lograr dos muy  buenos efectos,  correlativos y simultaneos: abaratar el precio de la tierra y eliminar los impuestos que ahogan a los productores , trabajadores y consumidores. No sabemos si Carl Schmitt llegaría a estas conclusiones. Pero son las que resultan del estudio de su magnífica obra.
16.                      Buenos Aires, setiembre 21 de 2018, ,Dia del Estudiante. 

*Camino del fascismo. El genocidio continua.....




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