martes, 17 de diciembre de 2019

Domingo Cavallo y los Errores de la Economía Neoclasica. -Neoliberalismo- Impuesta en la Universidad Argentina desde su Nacionalización.




COMENTARIO DE HECTOR SANDLER Profesor Consulto UBA Derecho
Con el mayor respeto me permito destacar dos puntos que a mi juicio oscurecen la visión necesaria para una recuperación de la economía argentina. Uno, tener en la conciencia personal y colectiva que la palabra  "propiedad"   mienta muchos conceptos radicalmente distintos.  Un ejemplo a la vista:   la "propiedad sobre cosas" es muy distinta a la "propiedad sobre personas";  esto explica que mientras nuestra Constitución nacional acepta la primera, califica de delito a la segunda (art. 15). Otro ejemplo: la "propiedad sobre los muebles" sirve para el tráfico; las de los "inmuebles" a la vida y la producción económico.  Por lo tanto el uso genérico de esa palabra es letal fuente de confusión al constituir la sociedad o discutir problemas sociales. 
En esta falla incurren abogados y economistas actuales como se aprecia en Cavallo. No aparece en su discurso la necesaria distinción  entre la "propiedad de  la tierra física" (propiedad sobre "cosa natural" dada a todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino, CN, Preámbulo) y la "propiedad del valor monetario de cada lote de tierra física" manifiesto en su "precio de mercado".  Este "valor"  no "cosa"  sino "valor". Y este "valor" no es creado por ningún particular sino por "todos", o sea el conjunto social. Por tanto la "sociedad"  soberana del territorio"es  la "dueña" de ese "valor social" al que con el debido reparo  merece el nombre de   "capital social" .
Mientras la "tierra física"  preexiste a la vida humana  y  es base material de la vida y  del trabajo   , el "valor de la tierra" deviene de la vida social humana. No existe entre animales ni ángeles.   Este "valor" no es un "ser" sino un  "valer" , por lo que  no es cosa sino valor.  Emerge donde se establece una sociedad humana y en relación al tipo de su  constitución política-legal  sobre la tierra física.  Nace , se sostiene o decae según la "demanda social", o sea por la existencia y actividad de la sociedad.  Como de  la sociedad deviene , ésta mediante su legislación debe darle  un  destino.  En general por egoísmos diversos no se le ha dado el destino recto. Si por ley humana se  permite que el  "propietario"  u "ocupante" del lote se lo lleve para sí  , muchos males nacen en y para la sociedad. 
El recto destino es considerar por ley positiva  al "valor de la tierra"  como  "capital social" y que -  dada esta calidad -  el "propietario de la tierra" pague a la sociedad en calidad de "retorno" una especie  de "interés" por su posesión , puesto que ese valor acompaña a la  propiedad del predio.  Este "interés anual"  fue denominado por los fundadores de la ciencia Económica  con el nombre de "renta” o de “renta  inmobiliaria" o "renta fundiaria". 
Su cobro anual en moneda por el gobierno ha de ser la base monetaria  del tesoro público . De este modo se aseguran tres efectos mínimos: 
a) un uso productivo al recurso natural "tierra", 
b) se cancela el cáncer de la "especulación inmobiliaria", y 
c) se puede sostener el indispensable "gasto público" que el gobierno debe asumir para suministrar "bienes públicos" sin cobrar "impuestos". 
Impuestos se podrán crear y cobrar.   Por un tiempo y  para una obra determinada. Cada generación debe tratar de soportar sus propios gastos. Mala es la sociedad en la que cada generación  por regla deriva el pago de sus gastos a los hijos de sus hijos.  También puede recurrirse a los impuestos  para impedir cierta nociva actividad . Pero jamás hay que incurrir en el “pecado social” de abandonar el cobro de la “renta inmobiliaria” para caer en el mortal foso negro de los impuestos a la producción y el consumo  con la consiguiente  “destrucción de la moneda” a partir de la cual reinan el destructor “dragón impositivo” y su hermana la “inflación monetaria”. 
HECTOR SANDLER 

No hay comentarios: